Llamado convivencia barrial para la formación de una lista de prelación de mediadores/as comunitarios/as.
I) Marco General
Desde una perspectiva social, el derecho a la ciudad —concepto propuesto por Henri Lefebvre— se entiende como una reivindicación colectiva que busca garantizar que todas las personas puedan habitar, usar y transformar el espacio urbano en condiciones de igualdad, justicia e inclusión. Este enfoque sostiene que la ciudad no debe organizarse únicamente en función de intereses económicos o del mercado, sino priorizando las necesidades sociales de sus habitantes.
El derecho a la ciudad implica combatir la desigualdad, la segregación territorial y la exclusión social, promoviendo la participación ciudadana y asegurando el acceso equitativo a vivienda, servicios básicos, espacios públicos y oportunidades de desarrollo.
En ese sentido, el espacio público se concibe como patrimonio común, que debe ser preservado, mejorado y accesible para todas las personas, promoviendo un uso democrático que fortalezca la convivencia.
Reconociendo la diversidad de modos de habitar la ciudad, se vuelve necesario generar espacios de diálogo y mediación que aborden los conflictos vecinales desde una lógica participativa, entendiendo el conflicto como oportunidad para construir acuerdos colectivos.
La Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo, a lo largo de sus 20 años de funcionamiento, ha sostenido y consolidado una estrategia institucional orientada al fortalecimiento de la perspectiva de resolución de conflictos, con especial énfasis en la mediación como herramienta fundamental para la gestión constructiva de las diferencias en el ámbito comunitario e institucional.
En este marco, se han desarrollado de manera sistemática dos líneas de acción que han acompañado y estructurado el accionar de la institución a lo largo de su trayectoria. Por un lado, la capacitación y formación continua de equipos técnicos, tanto de la propia Defensoría como de otras instituciones públicas, incluyendo los Municipios y diversas áreas de la Intendencia de Montevideo. Estas instancias han tenido como objetivo fortalecer capacidades, promover enfoques colaborativos y dotar de herramientas específicas para la intervención en situaciones de conflicto.
Por otro lado, se han impulsado acciones de formación y sensibilización en distintos territorios, dirigidas a integrantes de organizaciones sociales, referentes comunitarios y otros actores institucionales. Estas iniciativas han buscado fomentar prácticas de convivencia basadas en el diálogo, la participación y la construcción colectiva de soluciones.
Ambas líneas de trabajo reflejan el compromiso sostenido de la Defensoría con la promoción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, así como con el desarrollo de capacidades en diversos actores sociales e institucionales, en favor de una gestión más democrática, inclusiva y participativa de las problemáticas que atraviesan la vida en comunidad.
II) Antecedentes de la problemática
La creciente urbanización conlleva procesos de concentración poblacional que, si bien forman parte del desarrollo de las ciudades, pueden generar efectos no deseados. Estos inciden de manera directa en la vida cotidiana de las personas, dando lugar a diversas situaciones y problemáticas de convivencia, acceso a servicios, uso del espacio público y gestión de los conflictos como ser:
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Ferias vecinales
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Expansión de periferias
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Industrias y comercios en zonas residenciales
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Contaminación sonora
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Conflictos culturales
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Tenencia de mascotas
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Uso del espacio público
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Gentrificación
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Personas en situación de calle y sinhogarismo
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Acceso al suelo
Estos fenómenos requieren abordajes integrales desde la mediación comunitaria.
En cuanto a las herramientas de abordaje, además de las instancias de formación y la atención directa , se han establecido convenios que han permitido la implementación de experiencias en territorios específicos, como el Municipio B. En estos casos, se han conformado duplas de promotores de convivencia —mediadores especializados en la perspectiva comunitaria— que han trabajado en la identificación precisa de los conflictos, reconociendo a los actores involucrados y promoviendo alternativas de solución adecuadas a cada situación.
Este enfoque ha permitido avanzar hacia intervenciones más integrales, situadas y participativas, orientadas a mejorar la convivencia y fortalecer los vínculos comunitarios en los distintos territorios de Montevideo.
III) Objetivos del llamado
Se convoca a operadores/as sociales (a título individual o respaldados/as por una organización social o cooperativa) para desarrollar acciones de convivencia y abordar soluciones , tendientes en algún caso a conformar “acuerdos de convivencia” en el abordaje de conflictos territoriales, fortaleciendo la metodología de la DVVM.
Se conformará una lista de prelación para el abordaje concreto en 4 dimensiones: MEDIACIÓN AMBIENTAL, MEDIACIÓN COMUNITARIA, MEDIACIÓN CON ENFOQUE EN GÉNERO , MEDIACIÓN CON ENFOQUE EDUCATIVO
IV) Propósito
Contribuir a la conformación de acuerdos de convivencia en los territorios asignados y validar una metodología de intervención barrial.
V) Perfil solicitado (excluyente)
5.1 Formación y práctica en mediación y convivencia comunitaria.
5.2 Formación acreditada en mediación brindada por la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo.
VI) Méritos a valorar
6.1 Formación en resolución alternativa de conflictos y trabajo comunitario en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura.
6.2 Formación universitaria o terciaria (Lic. en Trabajo Social, Lic. en Psicología, Educador/a Social u otras afines), con al menos dos años de experiencia acreditada en mediación y trabajo comunitario.
6.3 Aval institucional de organización social, cooperativa, sindicato u otra entidad que respalde la trayectoria del/la postulante.
VII) Productos esperados
7.1 Documentos accesibles y de fácil difusión sobre las acciones realizadas para la construcción participativa de los acuerdos de convivencia.
7.2 Registro del proceso durante los primeros tres meses.
7.3 Informe final con análisis y recomendaciones que vinculen la realidad local con lineamientos de política pública municipal o departamental.
VIII) Condiciones generales
8.1 Las personas seleccionadas serán convocadas según orden de prelación y firmarán contrato de obra.
8.2 Duración del contrato: 6 meses, prorrogable por igual período según evaluación técnica.
8.3 La DVVM proporcionará el espacio físico necesario.
8.4 Carga horaria es de acuerdo a requerimiento en la firma del contrato.
8.5 No ser funcionario/a público/a, salvo quienes ejerzan docencia directa.
IX) Plazo
El llamado estará abierto desde el 10/04 al 24/04 de 2026.
La lista de prelación tendrá vigencia de dos años, renovable automáticamente por un máximo de un período adicional.
X) Requisitos administrativos, montos a pagar y forma de pago.
La determinación de la carga horaria y de la remuneración correspondiente se efectuará al momento de la formalización del contrato. En esa instancia, se establecerán de manera precisa las condiciones laborales aplicables, garantizando que tanto la dedicación requerida como la contraprestación económica se encuentren claramente definidas de acuerdo con las funciones y responsabilidades asignadas. Esta disposición tiene como propósito asegurar la transparencia y claridad de los términos contractuales, proporcionando certidumbre a todas las partes antes del inicio del contrato.
10.1 Contar con medio de facturación, inscripción en RUPE y ser proveedor/a de la Intendencia de Montevideo.
10.2 La inclusión en la lista de prelación otorga únicamente una expectativa de eventual convocatoria y no constituye derecho adquirido a la contratación. La institución podrá hacer uso total o parcial de dicha lista, o dejarla sin efecto, conforme a sus necesidades y disponibilidad presupuestal.
10.2 La lista de prelación resultante del presente llamado podrá ser puesta a disposición de instituciones públicas o privadas que trabajen articuladamente con la DVVM, a efectos de cubrir necesidades de personal técnico idóneo para la prevención, gestión y resolución de conflictos territoriales. Dicha utilización no implicará obligación de contratación y estará sujeta a las necesidades del servicio y de la normativa vigente.
XI) Convocatoria
Se convocará a una instancia de evacuación de dudas, cuya fecha será oportunamente determinada y difundida por la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo entre las personas interesadas y el público en general. Dicha instancia será comunicada a través de la página web institucional.
La misma tendrá como finalidad brindar información y aclaraciones respecto a los requisitos, condiciones y modalidad de postulación del presente llamado, contribuyendo a garantizar una adecuada comprensión del proceso por parte de quienes deseen participar
XII) Postulación
12.1 Currículum abreviado (hasta 5 carillas).
12.2 Carta de motivación
12.3 Carta de aval institucional (si corresponde).
12.4 Propuesta de metodología (hasta 2 carillas).
12.5 Enviar postulación hasta el 24 de abril de 2026 al correo electrónico defensoria@defensoriadelvecino.gub.uy , indicando en el asunto: LLAMADO CONVIVENCIA BARRIAL.
XIII) Evaluación
13.1 Se conformará una Comisión Evaluadora integrada por:
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Dos representantes de la DVVM.
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Un/a representante de la sociedad civil.
13.2 Puntaje máximo: 100 puntos distribuidos de la siguiente forma:
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50 puntos: experiencia en trabajo comunitario, en mediación y en resolución de conflictos.
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15 puntos: formación formal e informal.
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15 puntos: entrevista presencial.