Recomendación N°150

Recomendaciones

23/12/2025
Exhortación de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo a la Intendencia de Montevideo en base a las quejas planteadas por vecinas y vecinos ante la regulación de la venta y uso de la pirotecnia.
Secretaria General de la Intendencia de Montevideo
Dra. Viviana Repetto 
Asunto: Por la presente, se solicita acuse recibo, con respecto a la regulación de la venta y uso de la pirotecnia, especialmente la de impacto de estruendo. 

 

La Defensoría junto con diferentes organizaciones sociales y de la sociedad civil impulsó el debate público con respecto al uso y comercialización de la pirotecnia de estruendo, generando espacios de diálogo y discusión promoviendo así se garanticen los derechos de todos los y las ciudadanos/as. 

  • Se realizaron campañas de información pública “pirotecnia cero”, conversatorios, talleres, folletos y apoyo para la sensibilización de la población, campaña de apoyo en coordinación con diferentes municipios, apoyo a la campaña de bienestar animal. 
     
  • La Coordinadora de Pirotecnia Cero junto a la Intendencia de Montevideo lanza una iniciativa 2025 de “experiencia sensorial” en la zona del Parque Rodó con el objetivo de mostrar el impacto del ruido en personas y animales. 
     
  • Resolución N° 13897 agosto 2021 de la Junta Departamental promueve la creación de una comisión especial que atienda la preocupación de algunos sectores de la ciudadanía en relación al uso de la pirotecnia de estruendo, peligros y daños que generan. 
     
  • Decreto N°37945 diciembre de 2021, regula la venta y uso de pirotecnia de estruendo, estableciendo prohibiciones y restricciones. ( Artículo 17- Sobre las etapas de implementación)
     
  • Preocupación ciudadana en cuanto al uso de pirotecnia de estruendo peligros y daños que conlleva.

El rol de la Defensoría es asegurar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto N° 37945/2021 e incidir activamente en la importancia de lograr un cambio cultural en la forma de festejar en nuestro territorio. 

La defensoría de acuerdo al Artículo 14 Decreto N°34844 /2013 estipula como una de las atribuciones de él/la titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos “Solicitar informaciones y formular recomendaciones o sugerencias tendientes a las correcciones que a su juicio fueren pertinentes respecto del cumplimiento de los servicios, así como de los trámites y aplicación de normas y reglamentaciones”  realiza la siguiente recomendación:

  1. Unificar esfuerzos político-institucionales para el cumplimiento de los establecido en el Decreto N°37945 en cuanto el uso, comercialización y almacenamiento de la pirotecnia de estruendo.

  2. Sugerimos  apoyar la promoción  en los diferentes territorios, a través de la figura de los municipios, de un cambio cultural respecto al uso de la pirotecnia garantizando la no utilización de la misma para eventos y festejos de estos. (Artículo D.2247.4 ._Sobre las campañas de concientización y educación. La Intendencia Departamental de Montevideo y los Municipios realizarán campañas educativas y de concientización enfatizando los impactos negativos para la salud humana y animal que tiene la utilización de material pirotécnico. Se utilizarán todos los medios de difusión que se dispongan, es especial los de la Intendencia de Montevideo, para promover y estimular hábitos que mejoren la convivencia responsable, desestimulando el uso de cualquier artefacto pirotécnico de estruendo. Como así también hacer partícipes a Empresas y ONG's a colaborar en dicha campaña). 

  3. Redactar una norma departamental que prohíba el uso de pirotecnia de estruendo en instancias organizadas por los municipios e Intendencia de Montevideo.

La Defensoría continuará con los esfuerzos de articulación con organismos estatales y organizaciones sociales  en promoción del cambio cultural que garantice los derechos de los/las ciudadanos/as.

Firma Lic. Verónica Halich

Lic. Verónica Halich 

Titular (i) de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo