Recomendación N°156

Recomendaciones

21/10/2026
Exhortación de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo a la Intendencia de Montevideo por tema viviendas en condiciones de insalubridad y riesgo estructural.

La Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo denuncia la situación de insalubridad y riesgo estructural que afecta a 18 apartamentos construidos de forma irregular, así como la falta de controles estatales sobre las condiciones de habitabilidad y seguridad de las viviendas arrendadas en el marco de las distintas políticas sociales.

En este contexto, preocupa especialmente la ausencia de inspecciones oportunas que permitan verificar las condiciones de los inmuebles antes de otorgar subsidios habitacionales o garantizar contratos de arrendamiento, así como la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y protección de las personas inquilinas.

El Decreto N.º 34.844, de 2013, que regula el funcionamiento de la Defensoría, establece entre los cometidos de su titular que “deberá promover el respeto de los derechos humanos dentro del Departamento, el mejor cumplimiento de los servicios departamentales y/o municipales y el logro de una mayor transparencia y eficacia de la gestión del Gobierno Departamental.”

Asimismo, en el artículo 14 establece, entre las atribuciones del titular de la Defensoría, entre otras, las siguientes: “Atender los reclamos referentes a los derechos humanos de los habitantes del Departamento, en especial los vinculados a la protección del medio ambiente, al consumidor, así como intervenir en toda denuncia que se le formule sobre situaciones de discriminación en cualquiera de sus modalidades.”

En el marco de las acciones de promoción y protección de los derechos humanos en el territorio, el acceso a la vivienda constituye uno de los reclamos que se atienden con mayor frecuencia desde la institución. En este sentido, el artículo 45 de la Constitución de la República reconoce: “Todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa. La ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales privados para ese fin.”

Las normas aplicadas, así como las convenciones internacionales de derechos, ratificadas por nuestro país dan cuenta que:

  • Los Estados deben adoptar medidas destinadas a dar seguridad legal sobre la vivienda.
  • Una vivienda adecuada debe tener acceso a servicios de calidad.
  • Una vivienda adecuada debe proteger de frío, calor, lluvia y demás inclemencias o amenazas, así como evitar riesgos estructurales.

No nos referimos únicamente al acceso a un techo, sino al derecho a una vivienda que reúna condiciones adecuadas de salubridad y seguridad para sus habitantes, que cuente con servicios de calidad y esté sujeta a los controles correspondientes que garanticen el cumplimiento de dichas condiciones. Asimismo, ante los reclamos de los inquilinos, el Estado no puede permanecer ajeno, sino que debe asumir un rol activo en la búsqueda de respuestas y soluciones a las problemáticas planteadas.

 

A continuación se describe el asunto de referencia:

 

Se recibió el Asunto 01068-2026, correspondiente al reclamo presentado por una vecina en relación con la situación de riesgo estructural del edificio en el que reside en régimen de alquiler desde hace 11 años, mediante un subsidio otorgado por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

En el marco de las actuaciones, un equipo de la Defensoría realizó dos visitas al edificio, durante las cuales mantuvo entrevistas individuales y colectivas con vecinos y vecinas, con el objetivo de profundizar en el conocimiento de sus situaciones contractuales y relevar sus principales preocupaciones respecto de las condiciones edilicias y los riesgos asociados.

De las visitas realizadas se constataron diversas deficiencias en las condiciones edilicias, entre las que se destacan: presencia de humedades en las paredes; falta de mantenimiento de las áreas comunes; techos intermedios con posibles desprendimientos; cubiertas livianas con problemas de filtraciones; cañerías de desagüe pluvial que vierten el agua en la pileta de una de las vecinas; techos intermedios de policarbonato; y deterioro de la fachada, con riesgo de desprendimiento de materiales hacia la vía pública.

Por otra parte, de las entrevistas mantenidas con los vecinos y las vecinas surge que, si bien abonan gastos comunes que incluyen conceptos como agua, electricidad, tributos domiciliarios, saneamiento e impuesto de puerta, el edificio no recibe las reparaciones ni las tareas de mantenimiento básico que requiere para garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad y seguridad.

A estas deficiencias se suman problemáticas de carácter sanitario y eléctrico, entre ellas, la baja presión y los frecuentes cortes en el suministro de agua, así como la existencia de instalaciones eléctricas irregulares. Estas situaciones generan preocupación entre las personas residentes y ponen de manifiesto la necesidad de adoptar medidas que permitan atender las deficiencias constatadas y garantizar condiciones adecuadas de salubridad y seguridad en el inmueble.

De la documentación recabada surge que el plano correspondiente al padrón no se corresponde con la cantidad de viviendas existentes en el inmueble, donde se identifican ocho unidades en planta baja y diez en el primer piso.

Asimismo, de la documentación aportada por el núcleo familiar de la primera denunciante surge que, en el año 2015, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT) autorizó un subsidio del 100% del alquiler, cuyo monto ascendía a $7.500 mensuales, equivalente aproximadamente a $15.500 en la actualidad. El arrendamiento contó con la garantía de la Contaduría General de la Nación (CGN). No obstante, según la documentación a la que tuvo acceso la Defensoría, la celebración del contrato de arrendamiento no estuvo precedida de una inspección del inmueble por parte de ninguno de los dos organismos.

Por otra parte, el 22 de junio de 2026, el MVOT convocó a las denunciantes con el propósito de regularizar una deuda por concepto de gastos comunes, que comprende el pago de agua corriente, energía eléctrica y tributos departamentales.

Sin embargo, de las entrevistas mantenidas surge que el suministro de agua corriente se realiza mediante un único contador para la totalidad de las viviendas y que no existe una cuenta individual de energía eléctrica para cada unidad habitacional. Esta situación plantea interrogantes respecto de los criterios utilizados para determinar y distribuir los gastos comunes entre las personas residentes.

Asimismo, de las entrevistas realizadas se desprende la existencia de una empresa inmobiliaria encargada de la administración del edificio.

Finalmente, en agosto de 2026, la Intendencia de Montevideo realizó una inspección del inmueble, a partir de la cual intimó al propietario a adoptar las medidas preventivas necesarias para atender los riesgos identificados, presentar un peritaje técnico y ejecutar las reparaciones estructurales correspondientes. Esta actuación constituye un antecedente relevante, en tanto da cuenta de la intervención de la autoridad departamental ante las deficiencias edilicias y los riesgos para la seguridad de las personas residentes.

 

 La Defensoría de Vecinas y Vecinos comunica:

 

  • La vivienda es un derecho humano fundamental, consagrado en la Constitución de la República y reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.
  • El derecho a una vivienda digna y decorosa debe ser garantizado y protegido por el Estado, mediante normas, mecanismos de inspección y herramientas de fiscalización que aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad, salubridad y seguridad.
  • La libertad de empresa y las dinámicas del mercado no pueden prevalecer sobre el derecho de las personas a acceder a una vivienda digna y decorosa, ni justificar situaciones que vulneren este derecho fundamental.
  • Desde la Defensoría cuestionamos la falta de inspecciones previas del inmueble por parte de los organismos competentes, tanto al momento de otorgar el subsidio habitacional como al garantizar el arrendamiento. Entendemos que estos procedimientos deben ser revisados, dado que el Estado tiene la responsabilidad de velar por el efectivo ejercicio del derecho a la vivienda y de brindar especial protección a las personas en situación de vulnerabilidad.
  • La Defensoría manifiesta su preocupación por la situación de indefensión en la que pueden encontrarse las personas inquilinas frente a las desigualdades existentes en la relación con quienes arriendan inmuebles, especialmente cuando estos no reúnen las condiciones mínimas de habitabilidad y seguridad.
  • En el caso que nos ocupa, la Intendencia de Montevideo intimó al propietario a adoptar medidas preventivas, presentar un peritaje técnico y ejecutar las reparaciones estructurales correspondientes. No obstante, las condiciones constatadas y los riesgos identificados configuran una situación que consideramos insostenible y que requiere una respuesta urgente y efectiva de los organismos competentes.
  • En este contexto, entendemos que resulta imprescindible adoptar medidas que garanticen la seguridad de las personas residentes, aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad y eviten que sean las propias familias quienes deban soportar las consecuencias de las deficiencias edilicias y de la falta de controles oportunos.

Por todo lo expuesto, la Defensoría de Vecinas y Vecinos pone en conocimiento de la Intendencia de Montevideo, del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Desarrollo Social y de los demás organismos competentes los hechos y consideraciones señalados, solicitando que, en el marco de sus respectivas competencias, se adopten las medidas necesarias para atender la situación planteada y garantizar la protección efectiva de los derechos de las personas afectadas.

 

En particular, se solicita:

 

  • Reparación de los derechos vulnerados: promover un proceso de restitución y reparación de los derechos de las vecinas y los vecinos afectados, procurando que las medidas que se adopten no impliquen la pérdida de la vivienda ni profundicen la situación de vulnerabilidad de las familias, especialmente de aquellas que requieren mayor protección.
  • Inspección previa obligatoria de las viviendas: establecer como requisito la inspección previa, sin excepciones, de los inmuebles cuyos arrendamientos sean garantizados por el Estado o que sean objeto de subsidios habitacionales, a efectos de verificar que reúnan las condiciones adecuadas de habitabilidad, salubridad y seguridad.
  • Investigación de posibles incumplimientos tributarios: solicitar a la Intendencia de Montevideo que investigue la eventual existencia de irregularidades o incumplimientos en el pago de tributos departamentales vinculados al inmueble.
  • Coordinación interinstitucional: impulsar, a partir de esta situación y de sus posibles derivaciones, instancias de coordinación entre los organismos competentes, con el objetivo de establecer mecanismos de actuación conjunta que permitan prevenir situaciones similares y brindar respuestas integrales a las personas afectadas.
  • Traslado de la preocupación al ámbito legislativo departamental: solicitar una reunión con la presidenta de la Junta Departamental de Montevideo, a efectos de poner en su conocimiento la situación planteada y trasladar la preocupación de la Defensoría ante este y otros casos similares en los que las personas inquilinas se encuentran en condiciones de indefensión y vulnerabilidad en el ejercicio de sus derechos.
  • Evaluación de la insalubridad del inmueble y alternativas de realojo: solicitar a la Intendencia de Montevideo que evalúe la declaración de insalubridad del edificio, de corresponder, y coordine con los organismos competentes las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las familias, incluyendo alternativas de realojo adecuadas. En este proceso deberá contemplarse especialmente la situación de aquellas familias que mantienen contratos de arrendamiento desde hace más de diez años, procurando preservar la continuidad de sus soluciones habitacionales y evitar que las consecuencias de las deficiencias edilicias recaigan sobre quienes las habitan.

 

Recomendaciones

 

En conclusión, la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo recomienda a la Intendencia de Montevideo la adopción de las siguientes medidas, en el marco de sus competencias y con el objetivo de garantizar la seguridad, la habitabilidad y la protección de los derechos de las personas residentes:

  1. Investigación tributaria: solicitar a la Intendencia de Montevideo que investigue la eventual existencia de incumplimientos en el pago de tributos departamentales vinculados al inmueble, así como de posibles irregularidades tributarias, en caso de corresponder y dentro del ámbito de sus competencias.
  2. Coordinación interinstitucional: promover instancias de coordinación entre los organismos competentes, a partir de la situación denunciada y sus posibles derivaciones, con el propósito de articular respuestas integrales, establecer mecanismos de actuación conjunta y realizar un seguimiento de la problemática.
  3. Actualización normativa: poner en consideración de la Junta Departamental de Montevideo la necesidad de revisar y actualizar la normativa vigente relacionada con las situaciones denunciadas, a fin de identificar posibles vacíos regulatorios y evaluar adecuaciones que contribuyan a prevenir y abordar situaciones similares, fortaleciendo la protección de los derechos de las personas inquilinas.
  4. Condiciones de habitabilidad y alternativas de realojo: solicitar la evaluación de las condiciones edilicias, sanitarias y de seguridad del inmueble, a efectos de determinar si corresponde declararlo insalubre y adoptar las medidas pertinentes. Asimismo, promover la coordinación con los organismos competentes para instrumentar alternativas habitacionales adecuadas para las familias residentes, contemplando especialmente la situación de quienes mantienen contratos de arrendamiento desde hace más de diez años y garantizando que las medidas que se adopten resguarden sus derechos y eviten profundizar su vulnerabilidad habitacional.

Sin otro particular, y confiando en una pronta respuesta, lo saluda atentamente.

 

 

Firma del actual titular de la Defensoría Daniel Arbulo

Daniel Arbulo

Titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo.