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Resolución N° 120/021 Autorización para realizar ensayos de INASE con maíz MON87427XMON87419XNK603

El Gabinete Nacional de Bioseguridad resuelve: I. Autorizar a la empresa BAYER S.A. la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE bajo condiciones controladas de bioseguridad, de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603;

 

GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD

 

Resolución GNBio N° 120                       Asunto Nº 2019/7/9/1/11

 

                                                                                   Montevideo,

 

VISTO: la solicitud presentada por la firma BAYER S.A. (RUT: 210003040011) de autorización de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603 para la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE bajo condiciones controladas de bioseguridad, Exp. Nº 2019/7/9/1/11 del 4 de Febrero del 2019, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 353/008 del 21 de julio 2008 y sus modificaciones.

 

RESULTANDO: 

 

  1. Que la firma BAYER S.A. presenta solicitud de autorización para la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares realizados por el Instituto Nacional de Semillas (INASE) bajo condiciones controladas de bioseguridad, de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603, que confieren tolerancia a los herbicidas formulados en base a glifosato, glufosinato de amonio y dicamba;
  2. Que se cumplió con la instancia de análisis técnico-científico por la Evaluación del Riesgo en Bioseguridad (ERB) y el Comité de Articulación Institucional (CAI);
  3. Que se cumplió con la instancia de consulta pública prevista en la normativa vigente, habiéndose recibido un comentario referido al uso de herbicidas y polinización cruzada del maíz;
  4. Que con fecha 19 de Mayo de 2021 se expidió la Comisión para la Gestión del Riesgo (CGR), recomendando autorizar a la firma BAYER S.A., la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares realizados por INASE bajo condiciones controlada de bioseguridad de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603;
  5. Que la categorización de solicitud para la realización de pruebas y ensayos en condiciones controladas (a escala de campo), implica el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad, en este caso para ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares, la pérdida de viabilidad del material vegetal una vez finalizado el ensayo, así como la no comercialización ni procesamiento para consumo humano o animal del material vegetal producido, no estando por ello sujeto a análisis de riesgo en salud;
  6. Que la firma BAYER S.A. presentó las muestras de referencia de los eventos, para la realización de los análisis de verificación molecular por la autoridad competente.

 

CONSIDERANDO: 

  1. Que INASE conoce las condiciones y procedimientos establecidos en el Protocolo de Bioseguridad de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares;
  2. Que se recomienda la realización de auditoría interna para el control de los ensayos por parte del equipo de bioseguridad de INASE, asegurando la trazabilidad del proceso y el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad, comunicando cualquier desvío del cumplimiento en los procedimientos a la CGR;
  3. Que procede por ende autorizar la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares realizados por INASE de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603, siempre que se circunscriban a las condiciones establecidas en el Protocolo de Bioseguridad de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares.  

ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;      

 

 

EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD

RESUELVE:

 

  1. Autorizar a la empresa BAYER S.A. la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE bajo condiciones controladas de bioseguridad, de maíz con los eventos combinados MON87427XMON87419XNK603;
  2. Condicionar la autorización concedida a los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 03/2021 del 19 de Mayo de 2021, el cual se considera parte integrante de esta Resolución;
  3. Exigir a INASE el cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad para ensayos a campo de evaluación nacional de cultivares aprobado por la CGR, hasta tanto el evento combinado objeto de esta Resolución sea liberado para producción y uso comercial para consumo directo o transformación;
  4. Pasar estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR para notificar a la firma interesada y entregar una copia de la presente Resolución. Cumplido, comunicar la presente Resolución a: INASE, Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP (DGSA), ERB y CAI. Cumplido archívese.

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