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Resolución N° 122/021 Autorización para producción de semilla de algodón GHB614XT304-40XGHB119XCOT102 con destino a la exportación

El Gabinete Nacional de Bioseguridad resuelve: I. Autorizar a la empresa BAYER S.A. la producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad, de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102;

 

GABINETE    NACIONAL    DE    BIOSEGURIDAD

 

Resolución GNBio N° 122                                   Asunto N° 2018/7/9/1/54

 

                                                                                   Montevideo,

 

VISTO: la solicitud presentada por la firma BAYER S.A. (RUT: 210003040011) de autorización de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102 para producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad, Exp. N° 2018/7/9/1/54 del 16 de Febrero del 2018, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 353/008 del 21 de julio del 2008 y sus modificaciones.

 

RESULTANDO:

 

  1. Que la firma BAYER S.A. presenta solicitud de autorización de producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad, de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102, los cuales confieren resistencia a ciertos insectos lepidópteros plaga y tolerancia a herbicidas formulados a base de glifosato y glufosinato de amonio;
  2. Que se cumplió con la instancia de análisis técnico-científico por la Evaluación del Riesgo en Bioseguridad (ERB) y el Comité de Articulación Institucional (CAI);
  3. Que se cumplió con la instancia de consulta pública prevista en la normativa vigente, habiéndose recibido un comentario referido al uso de herbicidas;
  4. Que con fecha 19 de Mayo de 2021 se expidió la Comisión para la Gestión del Riesgo (CGR), recomendando autorizar a la firma BAYER S.A., la producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102;
  5. Que la categorización de solicitud para la producción de semilla con destino a la exportación implica la producción de semilla Certificada por el Instituto Nacional de Semillas (INASE), el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad para producción de semilla con destino a la exportación, la no comercialización ni procesamiento para consumo humano o animal en la República Oriental del Uruguay de la semilla producida, no estando por ello sujeto a análisis de riesgo en salud;
  6. Que la firma BAYER S.A. no presentó las muestras de referencia del evento, para la realización de los análisis de verificación molecular por la autoridad competente.

 

CONSIDERANDO:

 

  1. Que la firma BAYER S.A. conoce las condiciones y procedimientos establecidos en el Protocolo de Bioseguridad para producción de semilla de algodón con destino a la exportación;
  2. Que se recomienda la realización de controles por parte de INASE de la producción de semilla, asegurando la trazabilidad del proceso y el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad, comunicando cualquier desvío del cumplimiento en los procedimientos a las CGR;
  3. Que procede por ende autorizar la para producción de semilla con destino a la exportación de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102, siempre que se circunscriba a las condiciones establecidas en el Protocolo de Bioseguridad de producción de semilla con destino a la exportación.

 

ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;      

 

 

EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD

RESUELVE:

  1. Autorizar a la empresa BAYER S.A. la producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad, de algodón con los eventos combinados GHB614XT304-40XGHB119XCOT102;
  2. Condicionar la autorización concedida a los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 05/2021 del 19 de Mayo de 2021, el cual se considera parte integrante de esta Resolución;
  3. Condicionar la realización de la producción de semilla a la presentación de las muestras de referencia de los eventos, para la realización de los análisis de verificación molecular por la autoridad competente;
  4. Exigir a la firma BAYER S.A. el cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad de producción de semilla con destino a la exportación aprobado por la CGR, hasta tanto el evento objeto de esta Resolución sea liberado para producción y uso comercial para consumo directo o transformación;
  5. Facultar a la CGR para emitir las autorizaciones de producción de semilla con destino a la exportación bajo condiciones controladas de bioseguridad, a las empresas autorizadas por la empresa titular del evento objeto de esta Resolución y las autorizaciones de renovación;
  6. Pasar estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR para notificar a la firma interesada y entregar una copia de la presente Resolución. Cumplido, comunicar la presente Resolución a: INASE, Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP (DGSA), ERB y CAI. Cumplido archívese.

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