Resolución N° 155/023 de SNB: Se autoriza a la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. la producción y uso comercial para consumo directo o transformación de soja con el evento DAS81419-2
GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD
Resolución GNBio N° 155
Asunto: Nº N° 2023-7-9-0000016
Montevideo, 21 de setiembre de 2023
VISTO: la solicitud presentada por la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. (RUT: 216831420013) de autorización de soja con el evento DAS81419-2 para producción y uso comercial para consumo directo o transformación, Exp. N° 2023-7-9-0000016 del 27/03/2023, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 353/008 de 21 de julio de 2008 y sus modificaciones;
RESULTANDO:
- que la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. presentó solicitud de autorización para producción y uso comercial para consumo directo o transformación de soja con el evento DAS81419-2, que confiere tolerancia a los herbicidas formulados en base a glufosinato de amonio y resistencia a ciertos insectos lepidópteros plaga;
- que se cumplió con la instancia de análisis técnico-científico de la Evaluación del Riesgo en Bioseguridad (ERB);
- que se cumplió con la instancia de Consulta Pública prevista en la normativa vigente, habiéndose recibido un comentario referido a la aprobación del evento en otros países;
- que la Comisión para la Gestión del Riesgo (CGR) recibió el informe socioeconómico elaborado por la Oficina de Programación y Política Agropecuaria del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (OPYPA-MGAP) respecto a la liberación comercial del evento de soja bajo análisis;
- que con fecha 2 de agosto de 2023 se expidió la CGR, recomendando autorizar a la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. la producción y uso comercial para consumo directo o transformación de soja con el evento DAS81419-2;
- que la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. presentó las muestras de referencia de los eventos, para la realización de los análisis de verificación molecular por la autoridad competente;
CONSIDERANDO: que procede, por ende, autorizar la producción y uso comercial para consumo directo o transformación de soja con el evento DAS81419-2;
ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;
EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD RESUELVE:
- Autorízase a la firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. la producción y uso comercial para consumo directo o transformación de soja con el evento DAS81419-2.
- A los efectos de situaciones de exportación, esta autorización se otorga sólo en relación a los países en los cuales el evento hubiere sido aprobado.
- La autorización concedida se efectúa en los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 2/2023 de fecha 02/08/2023, el cual se considera parte integrante de la presente Resolución.
- La firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. deberá presentar ante la CGR, una nota con su compromiso de comunicar cualquier cambio en la información presentada derivada de nuevos avances científicos y que afecte las conclusiones del expediente analizado; previniéndose que en caso de ser necesario, se dispondrá la realización de un nuevo análisis de riesgo y eventualmente la revisión de la decisión adoptada.
- La firma CORTEVA AGRISCIENCE URUGUAY S.A. deberá presentar ante la CGR, una declaración en la que se comprometen a recuperar del mercado todo producto derivado directamente del evento, que la propia CGR le requiera, sobre la base de causas debidamente fundadas.
- Cúrsense estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR a efectos de notificar a las firmas interesadas y hacerles entrega de una copia de la presente Resolución. Cumplido, comuníquese lo resuelto a: Instituto Nacional de Semillas (INASE), Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP (DGSA), ERB y CAI. Cumplido archívese.