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Resolución N° 156/023 de SNB: Se autoriza a la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. la realización de ensayos de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3

Autorizar a la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. la realización de ensayos de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3;

GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD

Resolución GNBio N° 156

Asunto N° 2022/7/9/1/16

Montevideo, 21 de setiembre de 2023

VISTO: la solicitud presentada por la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. (RUT: 217379170016) de autorización de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3 para la realización de ensayos a campo de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad, Exp. Nº 2022/7/9/1/16 del 14/02/2022, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 353/008 del 21 de julio del 2008 y sus modificaciones.

RESULTANDO:

  1. que la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. presenta solicitud de autorización para la realización de ensayos a campo de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad, de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3, que confieren resistencia a ciertos lepidópteros plaga y tolerancia a herbicidas glufosinato de amonio y glifosato;
  2. que se cumplió con la instancia de análisis técnico-científico por la Evaluación del Riesgo en Bioseguridad (ERB) y el Comité de Articulación Institucional (CAI);
  3. que se cumplió con la instancia de Consulta Pública prevista en la normativa vigente, no habiéndose recibido comentarios;
  4. que con fecha 2 de agosto de 2023 se expidió la Comisión para la Gestión del Riesgo (CGR), recomendando autorizar a la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A., la realización de ensayos de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3;
  5. que la categorización de solicitud para ensayos a campo de investigación implica el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad para ensayos a campo de investigación, la pérdida de viabilidad del material vegetal una vez finalizado el ensayo, así como la no comercialización ni procesamiento para consumo humano o animal del material vegetal producido, no estando por ello sujeto a análisis de riesgo en salud;
  6. que la autorización a la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. queda condicionada a la presentación de las muestras de referencia del evento, para la realización de los análisis de verificación molecular por la autoridad competente.

CONSIDERANDO:

  1. que RIZOBACTER URUGUAY S.A. conoce las condiciones y procedimientos establecidos en el Protocolo de Bioseguridad para ensayos a campo de investigación;
  2. que se recomienda la realización de controles de los ensayos por parte del equipo de bioseguridad de INASE, asegurando la trazabilidad del proceso y el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad, comunicando cualquier desvío del cumplimiento en los procedimientos a la CGR;
  3. que procede por ende autorizar la realización de ensayos a campo de investigación de soja, con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3, siempre que se circunscriban a las condiciones controladas de bioseguridad.

ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;

EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD

RESUELVE:

  1. Autorizar a la firma RIZOBACTER URUGUAY S.A. la realización de ensayos de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad de soja con el evento combinado DBN09004-6XDBN08002-3;
  2. Condicionar la autorización concedida a los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 3/2023 de fecha 02/08/2023, el cual se considera parte integrante de esta Resolución;
  3. Exigir a RIZOBACTER URUGUAY S.A. el cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad para ensayos a campo de investigación aprobado por la CGR, hasta tanto el evento combinado objeto de esta Resolución sea liberado para producción y uso comercial para consumo directo o transformación;
  4. Facultar a la CGR para emitir las autorizaciones de siembra de ensayos a campo de investigación bajo condiciones controladas de bioseguridad a RIZOBACTER URUGUAY S.A., las firmas autorizadas por la firma titular del evento combinado objeto de esta Resolución, y las autorizaciones de renovación;
  5. Cúrsense estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR para notificar a la firma interesada y entregar una copia de la presente Resolución. Cumplido, comunicar la presente Resolución a: INASE, Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP (DGSA), ERB y CAI. Cumplido archívese.

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