Resolución N° 52/012 Autorización para realizar ensayos de INASE con maíz MON89034XTC1507XNK603
GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD
Resolución Nº 52
Asunto Nº 2012/7/1/1/320
Montevideo,
VISTO: la solicitud de autorización presentada por la firma DAS Agro Uruguay S.A. a la siembra de maíz con los eventos apilados MON89034XTC1507XNK603 en ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE bajo condiciones controladas de bioseguridad.
RESULTANDO: 1) Que la firma DAS Agro Uruguay S.A. presenta solicitud de autorización de siembra de maíz con los eventos apilados MON89034XTC1507XNK603 a través del formulario habilitado a tales efectos el día 8 de febrero de 2012, para ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE .
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Que con fecha 1º de agosto de 2012 se expidió la CGR, recomendando autorizar la solicitud para la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE de maíz con el evento MON89034XTC1507XNK603 y sus combinaciones de la firma DAS Agro Uruguay S.A.
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Que el ensayo a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE, implica el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad, la no comercialización, ni procesamiento para consumo humano o animal en la República Oriental del Uruguay. No estando por ello sujeto a análisis de riesgo en salud.
CONSIDERANDO: I) Que DAS Agro Uruguay S.A. conoce y dará cumplimiento a las condiciones de bioseguridad y procedimientos, para la realización de Ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE de maíz con los eventos apilados MON89034XTC1507XNK603.
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Que DAS Agro Uruguay S.A. comunicara cualquier incumplimiento en los procedimientos del Protocolo de Bioseguridad a la CGR
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Que la CGR recomienda solicitar a INASE la presentación de un informe final con los resultados de los ensayos
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Que procede por ende autorizar la siembra de maíz con los eventos apilados MON89034XTC1507XNK603, para la realización de ensayos de Investigación, siempre que se circunscriban a condiciones controladas.
ATENTO: a lo dispuesto por los decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/0008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;
EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD R E S U E L V E
1º) Autorizar la siembra de maíz con los eventos apilados MON89034XTC1507XNK603, para la realización de ensayos a campo para el Registro Nacional de Cultivares por INASE, a la empresa DAS AGRO URUGUAY S.A.
2º) Condicionar la autorización a los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 41B/M/12 de 1º de agosto de 2012 (Anexo2), el cual se considera parte integrante de esta Resolución.
3º) Exigir a DAS Agro Uruguay S.A. lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad aprobado por la CGR (Anexo 1) el cual se considera parte integrante de esta Resolución.
4º) Pasar estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR para notificar a: la firma interesada, INASE, Dirección General de Servicios Agrícola del MGAP (DGSA), ERB y CAI y entregar de una copia de la presente Resolución. Cumplido archívese.