Resolución N° 70/015 Autorización para realizar ensayos de investigación con soja MON87708XMON89788
GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD
Resolución Nº 70 Asunto Nº 2014/7/1/1/420
Montevideo, 13 de octubre de 2015
VISTO: la solicitud presentada por la firma Monsanto Uruguay S.A. de autorización de siembra de soja con los eventos apilados MON87708XMON89788 para la realización de ensayos de investigación.
RESULTANDO: 1) Que la firma Monsanto Uruguay S.A., presenta solicitud de autorización de soja con los eventos apilados MON87708XMON89788 para la realización de ensayos de soja, Expediente N° 2014/7/1/1/420 con fecha 12/02/14.
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Que con fecha 29 de julio de 2014 se expidió la CGR, recomendando autorizar la realización de ensayos de investigación de soja con los eventos apilados MON87708XMON89788, a la firma Monsanto Uruguay S.A.,
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Que la realización de ensayos de investigación a campo bajo condiciones controladas de bioseguridad implica el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad establecido por la CGR.
CONSIDERANDO:
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Que se recomienda que los ensayos se realicen de acuerdo al Protocolo de Bioseguridad para ensayos de investigación establecido por la CGR.
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Que la firma Monsanto Uruguay S.A. conoce y dará cumplimiento a las condiciones y procedimientos establecidos en el Protocolo de Bioseguridad, para la realización de ensayos de investigación.
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Que Monsanto Uruguay S.A. comunicará cualquier desvío del cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad.
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Que procede por ende autorizar la realización de ensayos de investigación de soja con los eventos apilados MON87708XMON89788, siempre que se circunscriban a condiciones controladas.
ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos Nº 353/008 de 21 de julio de 2008, Nº 535/008 de 3 de noviembre de 2008 y Nº 280/009 de 8 de junio de 2009 y a lo informado por la CGR;
EL GABINETE NACIONAL DE BIOSEGURIDAD
RESUELVE:
1º) Autorizar la realización de ensayos de investigación de soja con los eventos apilados MON87708XMON89788, a la empresa Monsanto Uruguay S.A. en la zafra 2015-2016
2º) Condicionar la autorización a los términos recomendados por la CGR en Informe Nº 1/S/15 de 29 de julio de 2015 (Anexo 1), el cual se considera parte integrante de esta Resolución.
3º) Exigir a Monsanto Uruguay S.A. el cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad establecido por la CGR.
4°) Condicionar la autorización a la presentación de muestras de referencia del evento, por parte de la empresa Monsanto Uruguay S.A. para realizar análisis de verificación molecular.
5º) Autorizar a la CGR la renovación de esta autorización en la medida que no existan nuevos elementos que ameriten un cambio en la Resolución.
6º) Pasar estas actuaciones a la Secretaría Técnica de la CGR para notificar a: la firma interesada, INASE, Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP (DGSA), ERB y CAI y entregar de una copia de la presente Resolución. Cumplido archívese.