Resolución N° 1.647/010

Lo previsto en el artículo 20 del Decreto reglamentario de la Ley Nº 18.331, de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data, Nº 414/009, de 31 de agosto de 2009 en cuanto prevé que los responsables de las bases de datos deberán mantener actualizados los datos inscriptos en el Registro de Base de Datos Personales, comunicando trimestralmente las actualizaciones.

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