Resolución N° 31/025 código de conducta

la solicitud de inscripción de Código de Conducta presentada por TAC URUGUAY S.A.

VISTO: la solicitud de inscripción de Código de Conducta presentada por TAC URUGUAY S.A.


RESULTANDO: que fueron efectuados los controles respecto a la observancia de los requisitos exigidos por la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data.
ATENTO: a lo informado y a lo establecido por el artículo 36 de la Ley citada,


El Consejo Ejecutivo de la Unidad de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales
RESUELVE:


1. Inscribir el Código de Conducta del responsable TAC URUGUAY S.A. en el Registro que lleva a dichos efectos la Unidad.
2. NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.


Firmado por: Federico Monteverde
Consejo Ejecutivo
URCDP

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