Resolución N° 33/022 .

La denuncia presentada por presunta vulneración al ejercicio del derecho de acceso previsto en la normativa de protección de datos.

VISTO: La denuncia presentada por presunta vulneración al ejercicio del derecho de acceso previsto en la normativa de protección de datos.

RESULTANDO:

I. Que el denunciante manifiesta que realizó una solicitud de acceso de acuerdo con el artículo 14 de la Ley N° 18331, de 11 de agosto de 2008 ante el denunciado y este no ha cumplido con el plazo de cinco días hábiles que posee para entregar la información solicitada. Adjunta el formulario presentado.

II. Que una vez notificado, el denunciado menciona que remitió vía correo electrónico al denunciante los datos personales con que cuenta la empresa.

CONSIDERANDO:

I. Que, de acuerdo con lo indicado, el denunciado ha incumplido con el artículo 14 de la Ley, entregando información luego del plazo establecido en éste.

II. Que el denunciado realizó y presentó ante esta Unidad ajustes a sus procesos.

ATENTO: a lo expuesto e informado,

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

RESUELVE:

1º. Observar a DELIVERY HERO URUGUAY LOGISTICS S.A. por no cumplir con el plazo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008.

Notifíquese, publíquese y archívese.

 

Firmado por: Dr. Felipe Rotondo

Consejo Ejecutivo

URCDP

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