Resolución N° 44/022 .
VISTO: La solicitud de autorización de transferencia internacional de datos personales a Amazon Web Services (AWS), que conlleva el uso de servicios de ZetaSoftware S.A, por Guyer & Regules, G&R Zona Franca S.A. y Grant Thornton S.C.,en los términos del artículo 23 de la Ley N° 18.331.
RESULTANDO: I. Que la solicitud se realiza en el marco del tratamiento de datos personales y titular de las bases de datos, las que se encuentran inscriptas en el registro que lleva la Unidad, utilizando un software denominado ZetaSoftware, propiedad de ZetaSoftware S.A., que está alojado en la nube, a través de los servidores de AWS, ubicados en Estados Unidos de América.
II. Que se agrega documentación que respalda la solicitud de transferencia.
CONSIDERANDO: I. Que la transferencia internacional de datos supone su transmisión fuera del territorio nacional y constituye una cesión o comunicación que tiene por objeto la realización de un tratamiento por cuenta del responsable de la base de datos o tratamiento establecido en territorio uruguayo.
II. Que el artículo 23 de la Ley Nº 18.331 dispone la prohibición de transferencias internacionales de datos con países u organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección adecuados, y de acuerdo a la Resolución N° 23/021 del 8 de junio de 2021, el destino previsto no se encuentra dentro de los países indicados como adecuados por esta Unidad.
III. Que en el presente caso se ha informado la existencia de medidas en relación con la seguridad de la información y explicitado la vigencia de la ley uruguaya en caso de discrepancias que puedan presentarse.
IV. Que se suscribieron los documentos adicionales que respaldan la transferencia, con inclusión de anexos que refuerzan la garantía en la protección de los datos personales que serán objeto de tratamiento.
ATENTO: A lo expuesto e informado,
LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES
RESUELVE:
1°. Autorizar la transferencia internacional de datos por parte de Guyer & Regules a Estados Unidos de Norteamérica, en los términos y con el alcance previsto en estos obrados.
2°. Notifíquese y publíquese.
Firmado por: Felipe Rotondo
Consejo Ejecutivo