Reglamento del 4.º Congreso
Traducción a Lengua de Señas Uruguaya
Fundamentación
En contextos de permanente transformación global, la educación de los pueblos se alza como una dimensión fundamental para afrontar con conciencia y responsabilidad la sucesión de cambios culturales, sociales, tecnológicos y científicos que desafían a las nuevas generaciones a encontrar su lugar en el mundo.
El sistema educativo nacional debe acompañar los cambios permanentes de la sociedad con la definición de un rumbo claro y compartido que permita asumir el futuro organizando un enfoque integral pertinente para la constitución y fortalecimiento de una ciudadanía con capacidad crítica, creativa y comprometida con los procesos colectivos. A su vez, este cambio civilizatorio global del presente desafía a todos los niveles de la educación institucionalizada a establecer estrechos lazos de cooperación y trabajo compartido con las más diversas organizaciones de la sociedad civil.
Por esto, y como garantía de democratización, el Estado debe asegurar la más amplia y abierta participación ciudadana en este IV Congreso. De esta forma, las políticas educativas se verán integradas y sustentadas en las necesidades y proyectos de las personas y de los territorios como única forma de asegurar su continuidad y de garantizar la optimización de esfuerzos. Es parte de la democratización del Estado que la población se involucre en las temáticas educativas, de manera de apropiarse de lineamientos comunes que nos dan identidad nacional.
El desarrollo del IV CONGRESO significa un proceso de discusión, y sus conclusiones representarán, entonces, la mejor síntesis que será ampliamente acompañada y respaldada al incluir las voces de todos los rincones del país y de todos los actores posibles, con instancias de intercambios fecundos. Deberá marcar un punto de inflexión en la construcción de un compromiso del país con una educación democrática para el acceso al conocimiento en el siglo XXI. En este sentido, necesitará abordar de manera prioritaria los problemas estructurales del sistema educativo que han sido identificados a partir de diagnósticos recientes e informes emanados de los tres Congresos anteriores.
Se trata de invitarnos a recorrer un camino asumiendo la responsabilidad con las futuras generaciones. Ello requiere sumar todas las voluntades, miradas e intereses diversos en el marco de la construcción democrática valorando el rol fundamental de la participación de todas las voces para asegurar compromisos para los cambios.
En esta etapa que se abre, el IV Congreso nos debería conducir hacia el proceso de construcción progresiva de una Estrategia Nacional de Educación del Sistema Nacional de Educación en su conjunto. Desde la concepción de una educación que se entiende y se proyecta durante toda la vida, se hace necesario asumir compromisos a largo plazo, por lo que resulta imprescindible definir objetivos a alcanzar en el corto plazo, articulando los tiempos políticos con los tiempos de la educación. Esta articulación deberá integrarse a los ciclos y procesos sociales para poder avanzar en consonancia y responder, incluso, en tiempos de emergencias.
Este compromiso con la educación constructora de futuro, reposa necesariamente en un proyecto de país inclusivo, integrado e integrador, apoyado en el bienestar de su gente, en sus derechos, en sus cualidades y capacidades y en la valoración de las potencialidades y riquezas de su territorio: un país donde nadie quede atrás.
El IV Congreso de la Educación buscará reafirmar que la educación de un país se basa en el trabajo colectivo, en la preocupación por la realidad social y en la solidaridad frente a las injusticias, tal como lo representan las Misiones Sociopedagógicas.
El temario es amplio y diverso, sus componentes son pilares centrales que necesitan ser pensados en su integralidad para permitir la construcción de una Estrategia Nacional de Educación que defina la visión de futuro de la educación que queremos como sociedad.
Artículo 1. Naturaleza del Congreso
El Congreso Nacional de Educación tendrá una integración plural y amplia que refleje las distintas perspectivas de la ciudadanía en el Sistema Nacional de Educación, con carácter asesor y consultivo (Ley N.° 18.437, Arts. 44 y 45 ).
Las resoluciones emanadas del Congreso Nacional de Educación consistirán en recomendaciones dirigidas a los organismos competentes para el diseño de la estrategia nacional de educación.
Artículo 2. Metodología de trabajo
El Congreso promoverá el intercambio ciudadano, la deliberación argumentada y la construcción de consensos.
Artículo 3. Documentos iniciales
La Comisión Organizadora del Congreso Nacional de Educación (COCNE) pondrá a consideración de la ciudadanía cuatro (4) documentos, uno (1) por eje temático, orientadores del debate, apuntando a la Estrategia Nacional de Educación.
Artículo 4. Integración
Forman parte del Congreso Nacional de Educación:
a) las Asambleas Territoriales y las Asambleas Sectoriales (miembros de la COCNE), de carácter público que estén registradas en las Comisiones Organizadoras Departamentales de Educación (CODE) o en la Comisión Organizadora del Congreso Nacional de Educación (COCNE);
b) la instancia final.
Artículo 5. Cometidos de la Comisión Organizadora del Congreso Nacional de Educación (COCNE)
- Aprobar la agenda del Congreso.
- Aprobar el cronograma de actividades.
- Aprobar los documentos orientadores.
- Apoyar el trabajo de las Comisiones Organizadoras Departamentales de Educación (CODE)
- Organizar la instancia final.
- Todas las resoluciones deberán alcanzar 2/3 de los presentes en la COCNE.
Artículo 6. De la Secretaría Técnica del CNE
Se conformará una secretaría técnica integrada interinstitucionalmente para implementar las resoluciones que tome la COCNE y establecer un vínculo permanente con las Comisiones Organizadoras Departamentales de Educación (CODE).
Artículo 7. De las Asambleas Territoriales
Las Asambleas Territoriales son los espacios de discusión de documentos, deliberación, síntesis y elección de delegados a la instancia final.
Artículo 8. Funciones de las Asambleas Territoriales
Son funciones de las Asambleas Territoriales:
a. Discutir el temario del orden del día para la instancia final.
b. Analizar los documentos propuestos como insumos para el debate, pudiendo discutir los ejes temáticos que considere más adecuado, registrando la instancia resolutiva en la Comisión Organizadora Departamental de Educación (CODE).
c. Proponer aportes a los documentos iniciales.
d. Elegir uno/a o dos (1 o 2) delegados/as titulares a la instancia final del Congreso y uno/a o dos (1 o 2) suplentes, en base al criterio establecido en el artículo 16 del reglamento de Asambleas Territoriales.
Artículo 9. De las Comisiones Organizadoras departamentales de educación (CODE)
Las CODE son las comisiones organizadoras de educación en cada departamento integradas por las Comisiones departamentales de educación, representantes de las instituciones que conforman la COCNE y las organizaciones sociales del territorio.
Deberán convocar y promover la participación en su departamento.
Artículo 10. Convocatoria y constitución
La instancia resolutiva de cada Asamblea Territorial deberá ser convocada con día, horario y lugar definidos, e informarán previamente a la Comisión Organizadora Departamental de Educación (CODE) correspondiente.
Para que una Asamblea Territorial quede válidamente constituida deberá contar con el siguiente quórum mínimo:
a. En Montevideo: veinticinco (25) personas.
b. En el resto del país: quince (15) personas.
La Comisión Organizadora Departamental de Educación (CODE) correspondiente deberá estar representada en cada Asamblea Territorial, cumpliendo tareas de control de participantes, registro de propuestas aprobadas y certificación de los/as delegados/as electos/as.
La participación de niños, niñas y adolescentes deberá realizarse en condiciones que aseguren su protección integral, respetando en todo momento el derecho a ser oídas. Asimismo, de generarse el registro de participantes, deberá cumplir con las disposiciones establecidas en la normativa de protección de datos personales.
Cada persona podrá votar únicamente en una (1) Asamblea Territorial. Constituyen el quórum de la asamblea todas las personas con documento de identidad y personas en situación de movilidad humana. Podrán votar y ser electas como delegadas aquellas personas a partir de 16 años; los menores entre 12 y 15 años tendrán voz y no voto.
Artículo 11. Aprobación de propuestas
Todas las propuestas y elecciones realizadas en las Asambleas Territoriales deberán aprobarse por una mayoría simple de los votos de las y los participantes presentes y acreditados al momento de la votación.
Artículo 12. De las Asambleas Sectoriales
Cada organización miembro de la COCNE y otras organizaciones sociales podrán elevar documentos referidos a los cuatro ejes temáticos dentro del marco legal del país a la Comisión Organizadora.
Artículo 13. De los Encuentros Regionales
Se realizarán 4 instancias regionales temáticas con el objetivo de promover el debate, profundizar en los ejes temáticos planteados y aportar insumos para la instancia final.
Artículo 14. Integración de la instancia final
La instancia final es el órgano máximo de deliberación y resolución del Congreso. Esta instancia estará compuesta por una representación proporcional de 70% de delegados/as territoriales y un 30% de la COCNE.
Los delegados sectoriales serán como mínimo los integrantes de la COCNE, y su delegación se completará proporcionalmente a partir de este número.
Artículo 15. Referencias de representación por departamento
Con el objetivo de promover una participación democrática amplia, diversa y territorialmente equilibrada, se establecen referencias de asambleas por departamento, orientadas por criterios de distribución poblacional. Las referencias de departamento se detallan en el Anexo 1 correspondiente, el cual forma parte integrante del presente reglamento.
Artículo 16. Comisiones de Debate de la instancia final
En la instancia final funcionarán cuatro comisiones temáticas que considerarán los documentos que sistematizan los aportes recibidos.
Artículo 17. Integración de las comisiones
Cada comisión estará integrada de forma proporcional al total de delegados y delegadas del Congreso, presididas por delegados designados por la COCNE.
Artículo 18. Funcionamiento de las comisiones
Las comisiones debatirán los documentos y propuestas vinculadas a su eje temático y aprobarán el documento que será puesto a consideración de la instancia final.
Artículo 19. Mayorías
Las conclusiones y mociones de las comisiones deberán aprobarse por una mayoría mínima de dos tercios (2/3) de las y los integrantes presentes y acreditados.
Artículo 20. Funcionamiento de la instancia final
El Congreso contará con una (1) instancia final, en la cual se considerarán las resoluciones elevadas por las comisiones.
El quórum de instalación de la instancia final será del 50% de delegados acreditados a la misma.
Artículo 21. De las definiciones de la instancia final
Todas las resoluciones de la instancia final deberán ser aprobadas por una mayoría mínima de dos tercios (2/3) de los delegados acreditados al inicio de la plenaria.
Disposiciones generales
Artículo 22. Interpretación del reglamento
Toda situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por la COCNE o a instancia final del congreso, aplicando el mismo criterio de mayoría calificada de dos tercios (2/3) de los delegados/as acreditados.
Artículo 23. Del procedimiento de Revisión
Ante la existencia de eventuales irregularidades en la convocatoria o funcionamiento de las Asambleas Territoriales, cualquiera de los participantes podrán presentar ante la COCNE una solicitud de revisión a fin de que ésta se expida al respecto, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, garantizando de esta manera la transparencia.
Artículo 24. De la Protección de Datos Personales
El tratamiento de datos personales de los y las participantes de la COCNE, deberá ajustarse a la normativa vigente en materia de protección de datos personales (Ley N.º 18.331).
Anexo I
Representación al plenario final
1000 delegados/as
| Departamento | Delegados/as territoriales |
|---|---|
| Montevideo |
372 |
| Canelones |
174 |
| Maldonado |
61 |
| Colonia |
39 |
| Salto |
39 |
| Paysandú |
35 |
| San José |
34 |
| Rivera |
31 |
| Tacuarembó |
27 |
| Cerro Largo |
26 |
| Soriano |
24 |
| Rocha |
23 |
| Artigas |
22 |
| Florida |
20 |
| Durazno |
18 |
| Lavalleja |
17 |
| Río Negro |
16 |
| Treinta y Tres |
14 |
| Flores |
8 |
| Total |
1000 |