Eje 2 | Aporte de la ATD de Educación Inicial y Primaria - ANEP
Traducción a Lengua de Señas Uruguaya
Educación y participación
Las Asambleas Técnico Docentes de Educación Inicial y Primaria conciben a la “Educación y participación” como un principio político-pedagógico estructurante y un derecho humano fundamental. Las ATD entienden que la educación no es un servicio mercantil ni una tarea acotada al aula, sino un proceso de formación ciudadana, democrática y emancipadora que requiere la implicancia activa del colectivo docente, las familias, la comunidad y los propios estudiantes.(1)
La DGEIP deslinda toda responsabilidad por el contenido de los informes, ya que los mismos son transcripciones textuales
de lo aprobado por las Asambleas Nacionales reunidas en las fechas indicadas. Ver Acta N° 51 Res. N° 3 del 7 de
setiembre de 2015
Dimensiones estratégicas:
1. Experiencias educativas comunitarias. ¿Cómo garantizar espacios para quienes aún no los tienen?
La Escuela como centro de promoción social y comunitario:
- Las ATD definen la escuela pública como un espacio educativo universal, público, democrático e integrador. Frente a contextos de extrema pobreza o marginación, se rechaza la visión que reduce la escuela a un mero "comedor" o espacio de contención asistencial.
- Se sostiene la necesidad de "abrir la escuela para adentro y para afuera", convirtiéndola en un nodo de desarrollo cultural y comunitario en diálogo constante con su vecindario.(2)
Estrategias para garantizar espacios comunitarios a quienes no los tienen:
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Rechazo a la focalización y defensa de políticas universales: Las ATD afirman que las "políticas focalizadas" (programas que asignan recursos especiales solo a determinados centros, como las escuelas APRENDER o la Red Mandela) fragmentan el sistema y dejan fuera a miles de niños con necesidades similares. Para garantizar el derecho de todos, la ATD exige políticas universales que aseguren a todas las escuelas del país:
A)- Infraestructura adecuada y libre de barreras físicas.
B)- Grupos reducidos (máximo 20 alumnos por clase) para posibilitar intervenciones personalizadas.
C)- Equipos multidisciplinarios permanentes (psicólogos, asistentes sociales, psicomotricistas) fijados en los territorios.
- Creación de Consejos Escolares con participación social real: Se propone institucionalizar Consejos Escolares o de Centro donde participen docentes, padres, vecinos y funcionarios para gestionar proyectos escuela-comunidad y priorizar recursos, restituyendo a las familias un rol protagónico en la educación sin relegarlas a meras colaboradoras económicas o de mantenimiento.
- Modelos integrales de Extensión Horaria (Tiempo Completo y Extendido): Las ATD respaldan las escuelas con extensión horaria siempre que cuenten con locales apropiados, grupos reducidos, docentes titulados y talleres (arte, deporte, huerta, ciencia), entendiendo que el aumento del tiempo pedagógico debe responder a una propuesta formativa integral y no al mero depósito o cuidado de niños.
- Rescate de experiencias históricas de autogestión: Se toma como referente paradigmático la Unidad Educacional Cooperaria (UEC) de Villa García, que integró preescolar, primaria, secundaria, UTU, policlínica, talleres artesanales, huerta y cooperativas de trabajo comunitarias, demostrando la viabilidad de una escuela abierta que impulse el desarrollo local.(3)
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1 Resoluciones de 1994,2002, 2013, 2019,2021, 2022
2 Resoluciones de 1991, 1998, 2000, 2002, 2006, 2007
3 Resoluciones de 1991, 1995, 1997, 1998, 1999, 2000, 2002, 2010, 2011, 2012, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2021, 2024
2. Diversas formas de articulación educación-territorio (incluye educación no formal)
Articulación Educación - Territorio:
- Trabajo en red interinstitucional: Las ATD sostienen que la escuela sola no puede resolver la totalidad de las problemáticas sociales. Reclaman la articulación permanente en el territorio con servicios de salud (MSP, policlínicas), intendencias, comisiones barriales, cooperativas, INAU y MIDES.
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Dispositivos territoriales clave:
A)- Programa Maestros Comunitarios (PMC): Las ATD destacan y defienden la figura del Maestro Comunitario como un articulador esencial entre el centro educativo, las familias y el entorno barrial para recomponer el vínculo con el aprendizaje y alfabetizar en el hogar. La ATD rechaza que este rol se precarice o se reduzca a funciones de control administrativo.
B)- Modelos rurales y articulación espacial: En el medio rural se destacan los Agrupamientos Escolares, las Unidades Móviles y los Maestros Itinerantes, los cuales articulan el trabajo cooperativo entre escuelas aisladas y sus comunidades. Asimismo, las Colonias Escolares y Campamentos Educativos se conciben como extensiones del tiempo pedagógico que democratizan el acceso a experiencias de convivencia en el territorio.
C)- Tránsito educativo e integración de subsistemas: Para evitar la deserción en el pasaje a la educación media, se rescatan experiencias como los Centros Educativos Asociados (CEA) -donde conviven Primaria y UTU en un mismo predio- o los proyectos de 7º, 8º y 9º rural, facilitando la continuidad educativa sin desarraigar al estudiante de su territorio.(4)
Postura frente a la Educación no formal:
- Reconocimiento del valor no formal comunitario: La ATD valora y busca articular con las iniciativas no formales presentes en el medio (cooperativas, sociedades de fomento, grupos juveniles, instituciones deportivas) para enriquecer las vivencias de los niños.
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Alerta sobre la institucionalización, la privatización y las ONG:
A)- Las ATD han expresado un firme rechazo a la institucionalización de lo no formal (como la creación del CONENFOR bajo la Ley de Educación 18.437).
B)- Se denuncia que la proliferación de programas de educación no formal y convenios con ONG o entidades privadas puede habilitar la tercerización y el desplazamiento de recursos públicos hacia el sector privado.
C)- La ATD reafirma que la educación no formal nunca debe sustituir la obligación del Estado de garantizar la educación formal pública, laica y gratuita a través de instituciones estatales y profesionales titulados.(5)
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4 Resoluciones de 1991, 1992, 1993, 1995, 1997, 2001, 2002, 2008, 2009, 2012, 2016, 2017, 2018, 2022
5 Resoluciones de 1991, 1992, 1997, 2006, 2013, 2014, 2015
3. La participación estudiantil en la construcción del sistema educativo
El estudiante como sujeto activo y de derechos:
- La ATD recoge que la participación es un principio fundamental donde el educando debe ser el sujeto activo de su propio proceso educativo, apropiándose de los conocimientos de manera crítica, autónoma, reflexiva y creativa.
- Se rechaza la concepción tecnicista que reduce la educación a la instrucción o al adiestramiento en competencias instrumentales para el mercado laboral, defendiendo en su lugar la formación de ciudadanos libres y participativos con capacidad de transformar su sociedad.(6)
Mecanismos e instancias de participación estudiantil:
- Consejos de delegados de estudiantes y asambleas: Se reivindica la creación de espacios institucionales donde el estudiantado pueda expresar su voz, negociar pautas de convivencia, abordar conflictos colectivamente y plantear proyectos de mejora para el el centro educativo y el aula.
- Estrategias metodológicas participativas (talleres y ludo-creatividad): La ATD impulsa la metodología de talleres, periódicos escolares, proyectos de investigación, huertas, obras de teatro y cooperativas escolares, donde las y los estudiantes participan activamente en la elección, planificación y ejecución de las actividades pedagógicas.
- Consulta directa sobre el currículo: Desde las primeras asambleas, la ATD ha propuesto que las autoridades realicen encuestas y consultas directas a las y los estudiantes sobre sus expectativas, necesidades e intereses respecto a la tarea escolar y el diseño curricular.
- Construcción colectiva del sistema: Se reafirma que ningún proyecto educativo nacional o reforma curricular puede elaborarse a espaldas de los actores de la comunidad, debiendo garantizar la participación real de docentes, familias y estudiantes.(7)
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6 Resoluciones de 1995, 2013, 2014, 2021, 2022, 2024
7 Resoluciones de 1991, 1992, 1994, 1995, 1997, 2000, 2017, 2019, 2023
Aportes Históricos de la ATD para el Congreso Nacional de Educación Marco conceptual de la participación en la ATD
La participación docente, desde la creación de las Asambleas Técnico Docentes en 1991, trasciende la mera formalidad administrativa para constituirse en un derecho humano fundamental y un deber profesional. No se trata de una concesión de la autoridad de turno, sino de una exigencia técnica y política para garantizar la profesionalización de la función frente a los procesos de precarización. Como bien señalaba José Pedro Varela, cita recogida en los debates fundacionales: "El pueblo... no tiene intervención alguna en la administración de la escuela... El Estado hace las veces de un filántropo ilustrado... pero sin llamar a este a participar de la dirección de los negocios escolares".(8) La ATD nace para romper ese modelo tutelado y reivindicar al magisterio como actor soberano.
El cogobierno es la herramienta política que garantiza la laicidad, definida no como neutralidad pasiva, sino como el "tratamiento integral, imparcial y crítico de las diversas posiciones o tendencias".(9) Esta concepción asegura la independencia de la conciencia del estudiantado y la formación del juicio crítico. Este posicionamiento técnico-político ha sido el eje de resistencia y propuesta en los años 1992, 1993, 2001, 2006, 2013, 2021 y una exigencia irrenunciable en los debates de 2025 y 2026.
Fundamentos filosóficos y políticos de la participación como derecho y autonomía
La concepción de la participación en el acumulado histórico de las Asambleas Técnico Docentes (ATD) de Educación Inicial y Primaria trasciende ampliamente la visión reduccionista que la limita a un mero trámite administrativo, una consulta formal o una encuesta de opinión. Desde su instalación oficial en setiembre de 1991, al amparo del artículo 19 numeral 9 de la Ley N.º 15.739 y los artículos 99 y 100 de la reglamentación de emergencia, el magisterio nacional definió la participación docente como un derecho técnico-profesional inalienable, un deber ético con la sociedad y una necesidad pedagógica indispensable para el funcionamiento democrático del sistema educativo público.
Frente a los intentos recurrentes de la administración por acotar sus cometidos a aspectos instrumentales del aula, la ATD ha sostenido de forma inquebrantable que los grandes problemas pedagógicos, filosóficos, curriculares y normativos que se traducen en políticas educativas y asignaciones presupuestales son de su directa incumbencia, ya que resulta imposible comprender la práctica de aula sin vincularla con el sistema educativo general y con la estructura social en la que se inserta la escuela.
Esta concepción de la participación está indisolublemente ligada al principio de autonomía en sus cuatro dimensiones fundamentales:
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en el gobierno de la enseñanza: reivindicación de la representación del magisterio mediante docentes elegidos directamente por sus pares para integrar el Consejo de Educación Primaria, garantizando que sea conducido por quienes ejercen la profesión,
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en lo técnico-docente: soberanía plena en la elaboración de programas, planes y manuales, blindando la libertad de cátedra frente a cualquier injerencia externa,
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en lo financiero: exigencia de una asignación presupuestal mínima (históricamente fijada en el 6% del PBI) y la administración de los recursos (como el Impuesto de Educación Primaria) bajo criterios técnicos y no meramente contables,
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en lo administrativo: control del sistema por los propios funcionarios del área en vinculación directa con los docentes, eliminando la burocratización asfixiante.
En la doctrina del magisterio, la autonomía no es un privilegio corporativo ni un aislamiento institucional, sino la salvaguarda constitucional contemplada en el artículo 202 de la Constitución de la República para preservar a la educación pública de los vaivenes político-partidarios, las presiones del mercado y los mandatos de organismos internacionales de crédito.
Junto con la autonomía, la ATD ha postulado el cogobierno -con representación directa de los órdenes docente, estudiantil y de egresados- como la estructura directiva capaz de otorgar legitimidad, pluralismo y laicidad a la conducción de la enseñanza, oponiéndose a las designaciones político-partidarias o a las direcciones unipersonales que concentran las decisiones.
Asimismo, la ATD ha conceptualizado con claridad las fronteras y complementariedades entre la participación técnico-pedagógica de los educadores y la participación social o comunitaria. Mientras que las decisiones sobre qué y cómo enseñar, la selección de contenidos, la evaluación y la didáctica corresponden soberanamente al cuerpo docente en su calidad de intelectuales profesionales; la participación de las familias, las comisiones de fomento, las cooperativas y las organizaciones barriales es entendida como un puente indispensable para fortalecer la escuela como espacio público e integrar las necesidades de la comunidad, sin que ello implique someter las decisiones pedagógicas al control o la ingerencia de actores externos.
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8 Resolución de 1991
9 Estatuto de Funcionario Docente, Art. 3, Inciso d
Evolución histórica de los ámbitos y debates de participación (1991-2026)
1991-1995: Creación y reivindicación _ Período signado por la conquista de la consulta preceptiva y la reconstrucción del acumulado técnico-político. Se destaca la exigencia histórica -aún vigente como moción pendiente- de horas remuneradas adicionales para el trabajo colectivo de planificación y evaluación.
1996-2005: Resistencia y propuesta _ Fase de confrontación con los organismos multilaterales (MECAEP/MEMFOD). La ATD denuncia la importación de "paquetes tecnológicos" que despojan al docente de su rol de intelectual para convertirlo en un aplicador de recetas. Se defiende la libertad de cátedra (10) como eje del Proyecto Nacional de Educación frente a la "fiscalización" administrativa.
2006-2010: Institucionalidad y crítica _ En el marco del Congreso "Maestro Julio Castro" y la Ley 18.437, se profundiza la distinción entre la participación técnico-pedagógica (exclusiva del docente como profesional especializado) y el fomento social de la comunidad.(11) Se reivindica la autonomía de gestión escolar como base del sistema.
2011-2019: Soberanía pedagógica _ Defensa de la soberanía docente frente a la burocratización. Se insiste en que la inspección debe ser una orientación técnica y no una fiscalización punitiva, atendiendo a la "capacidad técnico-pedagógica" y el "desarrollo del trabajo creativo" del docente.(12)
2020-2023: Crisis de la participación _ Denuncia enérgica de la "participación fingida" implementada a través de encuestas individuales anónimas que intentan suplantar la deliberación colectiva. La ATD reafirma a la Asamblea como el único órgano deliberativo legítimo y rechaza la fragmentación del cuerpo docente.(13)
2024-2026: Memoria y futuro _ Ante la reescritura curricular por grados, la ATD exige la devolución de la soberanía técnica. El conflicto actual es una reemergencia de la advertencia de 1991 contra la subordinación de lo pedagógico a lo estadístico. La meta es un Congreso Nacional de Educación que restaure el cogobierno electivo.(14)
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10 Estatuto de Funcionario Docente, Art. 4, Inciso a
11 Resoluciones de 2009
12 Estatuto de Funcionario Docente, Art. 43
13 Resoluciones de 2021
14 Resoluciones de 1991, 1992, 2026
Evolución histórica de la lucha por la participación real y soberanía pedagógica (1991–2019)
El recorrido histórico de las resoluciones de la ATD refleja una constante tensión entre las demandas de participación real del magisterio y los mecanismos de marginación o consulta simulada ejercidos por las distintas administraciones de la enseñanza.
Entre 1991 y 1995, tras la creación de las asambleas, el magisterio reclamó el carácter preceptivo de la consulta a la ATD ante proyectos de ley, cambios de planes de estudio, modificaciones estatutarias y reformas estructurales, exigiendo además las condiciones materiales básicas para el trabajo deliberativo, tales como la liberación de asistencia a clase en días lectivos y la creación de espacios de síntesis departamental.
Durante la segunda mitad de la década de 1990 y los primeros años de la década de 2000, frente a las reformas impulsadas por organismos multilaterales (MECAEP, MEMFOD, Banco Mundial) y programas como "Todos los Niños Pueden Aprender", la ATD denunció la creación de estructuras paralelas e inconsultas que imponían proyectos empaquetados desde el exterior, que vulneraban la autonomía de los Consejos Desconcentrados y desoían sistemáticamente los dictámenes de las asambleas nacionales.
Frente a esta imposición centralista, la ATD asumió la iniciativa de convocar a la sociedad a la elaboración de un Proyecto Nacional de Educación mediante la propuesta de un Congreso Pedagógico soberano.
Esta bandera histórica cristalizó en 2006 con la realización del I Congreso Nacional de Educación "Maestro Julio Castro", instancia en la cual, tras exigirse la incorporación formal de delegados de la ATD a la Comisión Organizadora del Debate Educativo (CODE), el colectivo docente logró consagrar la autonomía, el cogobierno y el rechazo a la ingerencia mercantil como principios rectores de la educación pública.
No obstante, al sancionarse la Ley General de Educación Nº 18.437 en 2008, la ATD manifestó su profunda disconformidad y rechazo al constatar que el texto normativo no recogió los mandatos fundamentales del Congreso e introdujo un incremento de la injerencia del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), recortando la autonomía histórica de la ANEP consagrada constitucionalmente.
En ese mismo período, ante la creación de los Consejos de Participación reglamentados en el artículo 76 de dicha ley, la asamblea fijó una postura clara: si bien aceptó participar de su reglamentación para resguardar los derechos docentes, ratificó que la participación de los maestros en dichos órganos es voluntaria y reafirmó que bajo ningún concepto se debe permitir que los Consejos de Participación tengan injerencia en lo técnico-pedagógico, en el desarrollo de los cursos o en las metodologías de enseñanza.
Entre 2011 y 2019, la lucha por la participación se desplazó hacia la defensa de la libertad de cátedra y la soberanía pedagógica frente al avance del denominado "currículum editorial" y las herramientas prescriptivas externas.
La ATD rechazó de forma enérgica la imposición obligatoria de textos unificados como los Cuadernos para Leer y Escribir (CLE), las pruebas estandarizadas (ARISTAS, SEA), las evaluaciones en línea y la planificación digital prescriptiva, sosteniendo que el docente no es un mero "entrenador de conductas" ni un aplicador de manuales, sino un profesional reflexivo e intelectual crítico capaz de construir secuencias didácticas situadas.
En paralelo, las asambleas denunciaron la persistente reducción de los tiempos institucionales para la participación, criticando que el Consejo de Educación Inicial y Primaria fijara las ATD por escuela en días administrativos, sábados o períodos vacacionales, lo que cercenaba el debate colectivo.
Frente a ello, se sostuvo como demanda irrenunciable el reconocimiento del tiempo de trabajo fuera del aula y la asignación de 10 horas semanales remuneradas integradas a la unidad docente para tareas de coordinación, planificación y estudio colectivo sin estudiantes.
Resistencia a la participación simulada y defensas normativas recientes (2020-2026)
El escenario de participación docente sufrió un quiebre de gravedad institucional con la aprobación de la Ley Nº 19.889 (Ley de Urgente Consideración) en 2020 y la posterior implementación de la Transformación Curricular Integral (TCI).
La ATD denunció que la LUC acentuó al extremo la injerencia del Poder Ejecutivo en la conducción educativa al otorgar cometidos pedagógicos directos al MEC, eliminar los Consejos Desconcentrados y sustituirlos por Direcciones Generales unipersonales, desarticulando el funcionamiento democrático e interinstitucional del sistema público.
Asimismo, en el marco de la TCI, la administración reemplazó los canales formales y colectivos de deliberación por mecanismos de consulta individual e instrumental, tales como encuestas virtuales anónimas en plataformas web.
La ATD catalogó estas prácticas como una "participación fingida o simulada" destinada a adiestrar y manipular la opinión pública para legitimar documentos previamente elaborados por "expertos" externos, llamando expresamente al magisterio a no responder dichas encuestas y a defender la asamblea democrática como el único ámbito legítimo de construcción pedagógica.
Frente a la imposición del enfoque competencial de corte tecnicista y mercantil, las asambleas celebradas entre 2021 y 2025 sostuvieron un firme posicionamiento de resistencia y propuesta.
La ATD rechazó el uso del concepto de "autonomía de centro" acuñado por la administración, denunciando que bajo ese rótulo seductor se encubre la desresponsabilización del Estado, la delegación de tareas gerenciales en los directores y el abandono de las escuelas a las desigualdades socioeconómicas de sus contextos.
Frente a esta lógica de fragmentación, el magisterio reivindicó la autonomía pedagógico-didáctica de los colectivos para decidir sus formatos escolares y reevaluar sus prácticas a la luz de los fundamentos del Programa de Educación Inicial y Primaria (PEIP 2008), exigiendo el retorno a la organización de los contenidos curriculares por grados escolares secuenciados en lugar de la dispersión por tramos o ciclos.
En los debates más recientes (2025-2026), tras celebrarse los 80 años de las Misiones Sociopedagógicas, la ATD ha profundizado su demanda de reconstrucción del sistema público bajo la bandera de la verdad, la memoria pedagógica y la justicia curricular.
Ante los anuncios de las autoridades de revisar la TCI, la asamblea extraordinaria de junio de 2026 dejó en claro que la propuesta por competencias no puede ser simplemente "reciclada" o "maquillada", sino que debe ser superada desde sus bases filosóficas y epistemológicas.
En esta instancia, la ATD resolvió participar de las comisiones programáticas con la exigencia explícita de que su voz sea mandatada y vinculante, y de que se generen las condiciones para elaborar un nuevo programa escolar refundado en la concepción de la educación como un derecho humano fundamental y en el reconocimiento de la soberanía profesional del magisterio.
Núcleos argumentales para el Congreso Nacional de Educación
Participación real vs. Participación simulada
La participación real no es una encuesta; es la sala de maestros funcionando con asueto de niños mensualmente para diagnosticar, proyectar y evaluar. Se rechaza cualquier mecanismo que diluya la responsabilidad técnica colectiva en opiniones individuales descontextualizadas.
Laicidad y formación del juicio crítico
Basándonos en la tradición de Estable, Reyes y Castro, la laicidad es el marco que permite al docente la "consideración crítica de las diversas tendencias". (15) No hay educación emancipadora sin pluralidad de fuentes y sin el respeto a la libertad de cátedra como garantía contra el dogmatismo.
La escuela como espacio público y el diagnóstico rural
La escuela debe ser un centro de promoción social que reconozca la crisis del territorio. El diagnóstico de 1991-1992 sobre el despoblamiento rural (16) sigue siendo una advertencia vigente: no podemos importar modelos si no atendemos la "ventaja comparativa" de nuestra tradición pedagógica. La comparación con Nueva Zelandia (17) nos recuerda que la educación debe estar ligada a la investigación propia y no a la importación de "paquetes" ajenos.
Condiciones materiales para la participación y la salud docente
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Condición necesaria |
Fundamentación técnica y reivindicación (Res. ATD) |
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Salario profesional |
Eliminar el "multiempleo, estresamiento e impotencia" del docente. |
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Equipos multidisciplinarios |
Medida de emergencia: Inclusión de psicólogos, fonoaudiólogos y asistentes sociales en contacto directo. |
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Ratios reducidos |
Máximo de 20 alumnos por clase en educación común. |
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Jubilación |
Reivindicación histórica irrenunciable, por la insalubridad de la función, de recuperar los beneficios perdidos. |
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Horas de coordinación y salas docentes |
Institucionalización de las horas de coordinación y asueto mensual para salas. |
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15 Estatuto de Funcionario Docente, Art. 4, Inciso a
16 Texto "Algunas ideas para un proyecto de Educación Rural”, de José Pedro Núñez, enero de 1992
17 Resoluciones de 1992
Plataforma y núcleos argumentales para el Congreso Nacional de Educación
De cara al Congreso Nacional de Educación, la trayectoria histórica de la ATD suministra una plataforma de argumentos sólidos y coherentes para defender la educación pública estatal, laica, gratuita, obligatoria, autónoma y cogobernada.
El primer núcleo argumental exige la restitución plena de la autonomía constitucional de los entes de la enseñanza y la reinstalación del cogobierno en todos los niveles del sistema educativo público, derogando las disposiciones normativas de la Ley Nº 18.437 y de la Ley Nº 19.889 (LUC) que transfirieron potestades pedagógicas y de gobierno al Poder Ejecutivo y a la órbita del MEC.
En segundo lugar, se debe sostener que la participación real no se negocia ni se simula mediante encuestas o formularios virtuales individuales, sino que se ejerce en la deliberación colectiva de los docentes organizados en sus asambleas por centro, departamentales y nacionales, cuya consulta debe ser preceptiva y vinculante en materia curricular, estatutaria y presupuestal.
Un tercer eje argumental fundamental de la ATD radica en la reafirmación del docente como un intelectual transformador y profesional crítico de la educación, cuya libertad de cátedra y autonomía metodológica están amparadas en el Estatuto del Funcionario Docente y no pueden ser avasalladas por perfiles de egreso competenciales, rúbricas fiscales ni dispositivos de control externo.
Vinculado a ello, se sostiene que el derecho a la educación de las infancias solo se garantiza cuando los docentes cuentan con una formación de grado universitaria de carácter público, estatal, autónomo y cogobernado a través de la creación de la Universidad de la Educación (UNED), rechazando las pruebas estandarizadas de acreditación (como la prueba del INEEd en coordinación con el MEC) que vacían de contenido pedagógico y didáctico la profesión docente.
Finalmente, la plataforma de la ATD establece que las condiciones materiales de la enseñanza son variables pedagógicas determinantes para hacer efectiva la educación como derecho humano.
Para que la escuela pública pueda constituirse en un espacio de convivencia plural y democratización del conocimiento, se exige como condición material ineludible un presupuesto educativo equivalente como mínimo al 6% del PBI más el 1% para investigación y desarrollo, la reducción del ratio de alumnos por clase a un máximo de 20 estudiantes por grupo, la asignación de 10 horas semanales pagas de coordinación y planificación colectiva para todos los docentes, la universalización de los cargos de apoyo (Maestros Comunitarios, Maestros de Apoyo, etc) y la erradicación definitiva del multiempleo y la precarización laboral.
Con este acumulado histórico, la Asamblea Técnico Docente se presenta ante el Congreso Nacional de Educación no solo como la voz representativa del magisterio, sino como la reserva pedagógica y ética encargada de garantizar que la escuela pública siga siendo el espacio soberano de lo común, la laicidad y la emancipación social.
Propuestas y conclusiones
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Asegurar la autonomía financiera y administrativa: recuperar el presupuesto histórico y asegurar que la gestión de los recursos sea técnico-docente y no burocrática.
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Concretar el cogobierno directo: garantizar que los órganos de conducción de la enseñanza sean integrados por maestros elegidos por sus pares.
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Garantizar la consulta preceptiva y vinculante: ninguna reforma curricular o estatutaria puede implementarse sin el aval técnico de la ATD.
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Implementar medidas de emergencia socio-pedagógica: crear equipos multidisciplinarios regionales descentralizados para apoyar la labor docente frente a la crisis social.
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Reconocer la insalubridad de la profesión: implementar la jubilación a los 25 años de servicio como reconocimiento al desgaste psicofísico derivado del desempeño en condiciones adversas.
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Blindar la libertad de cátedra: asegurar el derecho del docente a la opción de teorías y métodos, rechazando la supervisión como mera fiscalización administrativa.
La educación pública uruguaya sólo tendrá su carácter emancipador cuando se reconozca al magisterio como un cuerpo técnico autónomo y co-gobernante.
La participación no es un accesorio decorativo de la gestión, sino la sustancia misma de la democracia social que la escuela debe construir día a día.