Agencia Nacional de Vivienda
Acceso a la información pública (Ley N° 18.381)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un trámite que puede realizar cualquier ciudadano que desee solicitar acceso a la información pública, al amparo de la Ley N°18.381.
Requisitos
Presentación de formulario.
- Formulario 177 - Acceso a la información pública.
Otros datos de interés
- El plazo para responder a este tipo de solicitud es de 20 días hábiles a partir de la petición, con opción a prórroga por otros 20 días hábiles en casos excepcionales.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Correo electrónico.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Descargar, completar, escanear y enviar el formulario vía mail a: secretariageneral@anv.gub.uy
En persona
- Deberá dirigirse personalmente a la oficina de su preferencia, con el formulario impreso y completo.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- División Secretaría General
- Dirección: Cerrito 400, primer piso
- Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs
En el interior:
- En cualquiera de nuestras dependencias, en sus horarios de atención
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