Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de la Propiedad Industrial
Acción de anulación de marca
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El titular de un derecho o de un interés directo, personal y legítimo, podrá solicitar la anulación de las marcas ya inscriptas, cuando se configuren las situaciones previstas por los artículos 4º y 5º de la Ley N°17.011.
Requisitos
- Contar con un usuario registrado.
- Efectuar el pago de la tasa de acciones de anulación, a través de los medios habilitados por el sistema de presentación en línea.
- Ingresar en formato PDF el escrito de anulación, en el número de expediente de la marca correspondiente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario registrado.
- Efectuar el pago de la tasa de acciones de anulación, por los medios habilitados por el sistema de presentación en línea.
- Ingresar escrito de anulación en formato PDF en el número de expediente correspondiente.
Por consultas:
- Dirección: Rincón 719 PB, Dirección Nacional de la Propiedad Intelectual, Ministerio de Industria, Energía y Minería.
- Teléfono: 2840 1234, internos 4413 y 4414.
- Horario: de 09:30 a 15:00 horas, por agenda previa.
- Correo electrónico: marcasypatentes@miem.gub.uy
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