RIVERA - Intendencia
Ampliación de Licencia de Conducir - Rivera
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Ampliación de categoría para la conducción de diferentes vehículos, en el Departamento de Rivera.
Categorías:
- B - Vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones cuyo peso total (tara más carga) no exceda los 7000 kg, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1500 kg. El examen práctico será tomado con vehículos que excedan los límites de la Categoría A.
- C - Vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg. El examen práctico será tomado con camiones que excedan los límites de la Categoría B.
- D - Vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones sin límite de carga. El examen práctico será tomado con camiones con acoplado o tractores con semirremolque.
- E - Taxímetros, vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4.000 kg.
- F - Micros, Omnibuses y camiones simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg. El examen práctico será tomado con ómnibus de más de 24 pasajeros.
- G2 - Motocicletas de hasta 200 c.c. de cilindrada. El examen práctico será tomado con motocicletas con cambios no automáticos.
- G3 - Motocicletas sin límite de cilindrada. El examen práctico será tomado con motos de más de 200 c.c.
- H - Maquinaria vial, agrícola y afines. No genera antigüedad para otras licencias. El examen práctico será tomado de acuerdo a la maquinaria. También se podrá conducir maquinarias con licencias categoría B, C, D y F.