Agencia Nacional de Vivienda
Aprobación para el sorteo de viviendas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que debe realizar la cooperativa para adjudicar a cada núcleo familiar, mediante sorteo, las viviendas que la conforman.
Requisitos
Usuario web del sistema
Presentación de Acta.
- De la Asamblea: donde conste su discusión y aprobación por el colectivo, explicitando lo acordado y detallado en el cuadro de distribución.
- Del sorteo: con intervención notarial donde conste, además de la cantidad de dormitorios que le corresponderá a cada núcleo familiar, la identificación de la vivienda a la que accederá (número, apartamento, letra, etc.).
Cuadro de distribución.
- De tipología en el que se detallarán los socios activos y la asignación de dormitorios a la que aspira cada núcleo familiar.
Otros datos de interés
- La nómina de socios deberá coincidir exactamente con el padrón social registrado en el MVOT, por lo que se deberá prever su actualización con suficiente antelación.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Al menos 30 días previo a la fecha prevista para el sorteo de las viviendas y cuando la cooperativa haya alcanzado y certificado el 90% de avance de obra, los técnicos del IAT (con validación de la cooperativa) deberán cargar en la plataforma web la documentación que figura en requisitos.
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder mediante usuario registrado.
- Completar los datos del formulario web y adjuntar la documentación requerida.
- El Depto. Trabajo Social dispondrá de cinco días hábiles para su estudio y envío de las observaciones correspondientes. Una vez controlada y aprobada por la ANV, se notificará a la cooperativa y al IAT para proceder a realizar el sorteo.
- Dentro de los 10 días hábiles posteriores al sorteo, la cooperativa deberá cargar en la plataforma web el acta del sorteo con intervención notarial.
- Al menos 30 días previo a la fecha prevista para el sorteo de las viviendas y cuando la cooperativa haya alcanzado y certificado el 90% de avance de obra, los técnicos del IAT (con validación de la cooperativa) deberán cargar en la plataforma web la documentación que figura en requisitos.
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