Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud
Asesoramiento en derechos y deberes de usuarios de servicios de salud
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23El objetivo es asesorar sobre Derechos y Deberes de Usuarios de los Servicios de Salud, establecidos en la Ley N° 18.335 de 15/08/2008 y en su Decreto Reglamentario N° 274/010 del 08/09/2010.
Requisitos
- No se requiere documentación.
Otros datos de interés
- La Cartilla de Derechos y Deberes de Usuarios de los Servicios de Salud, es una recopilación sintética de leyes, decretos, ordenanzas y otras normativas sobre derechos y beneficios que tienen los Usuarios en materia de salud.
- Este documento fue creado en el marco de la creación de la Ley N° 18.335 de 15/08/2008, donde se establecieron los derechos y las obligaciones de los pacientes y de los usuarios de los servicios de salud con respecto a los trabajadores de la salud y a los servicios de atención de la salud.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona- Presentándose en cualquiera de las direcciones detalladas a continuación.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección: Avenida 18 de Julio 1892, planta baja, Oficina 09.
- Teléfono: 1934 5023 / 5026.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@msp.gub.uy
En el interior:
- En las Oficinas de Atención al Usuario de las Departamentales de Salud del MSP.
En los prestadores de salud:
- En las Oficinas de Atención al Usuario.
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