Ministerio de Desarrollo Social - Dirección Nacional de Protección Social
Asistencia a personas privadas de libertad y familiares directos
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite por el que se solicita asistencia de tipo social o laboral de aquellas personas prontas a ser liberadas, como así también sus familiares.
Requisitos
- Pueden acceder personas mayores de edad, que transiten la liberación de alguna Unidad Penitenciaria.
- También pueden acceder a dicho beneficio sus familiares.
Requisitos para recién liberados:
- Documento de identidad o en caso de no contar con el mismo Constancia de Excarcelación emitida por la Unidad Penitenciaria.
Requisitos para familiares:
- Documento de identidad y presentar una nota autorizando al familiar sellada y rubricada por la Unidad a la que pertenece el recluso.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Concurrir de manera presencial a la Sede de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado (DINALI).
¿Dónde y cuándo se realiza?
Dirección: Enrique Martínez 1055 esquina Buricayupi
Teléfono: 2400.0302 int 6801
Correo electrónico: dinalidireccion@mides.gub.uy