Ministerio del Interior - Jefaturas Departamentales
Autorización para habilitación de boites, dancings, prostíbulos
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Autorización para funcionar.
Requisitos
- Solicitud de la persona que va a realizar la explotación del local.
- Justificativo de propiedad o arrendamiento del local.
- Formulario de pago del BPS.
- Formulario de INAU.
- Formulario de DGI.
- Formulario de Bromatología.
- Formulario del Servicio de Espectáculos Públicos de la Intendencia.
- Inspección de la Dirección Nacional de Bomberos.
- Plano de construcción del local.
- Documentación del propietario y/o encargado del local.
- Nómina del personal (planilla de trabajo) y fotocopia de las respectivas cédulas de identidad.
- Recibo de AGADU (si correspondiere).
- Inscripción en el Registro Público de Comercio.
Otros datos de interés
- Normativa: Decreto 422/980 del 29/7/1980 Decreto 264/000 del 12/9/2000 Decreto 480/003 del 20/11/2003 Decreto 449/007 Decreto 468/007 Decreto 193/002 del 29/5/2002 (espectáculos públicos).
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona- Concurriendo con la documentación solicitada en la oficina correspondiente.
¿Dónde y cuándo se realiza?