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Última actualización: 18/11/2020
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Autorizaciones sanitarias para buques que ingresan a puertos del Uruguay

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Trámite para la obtención de autorizaciones para entrada, operación y salida de buques en los puertos de nuestro país otorgados por el Ministerio de Salud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

Se incluyen las solicitudes de emisión de los siguientes certificados:

  • Libre plática sanitaria de embarcaciones.
  • Expédito (autorización de salida) a puertos fuera de Uruguay.
  • Certificado de Control Sanitario a Bordo o Certificado de Exención del Control Sanitario a Bordo en puertos de Montevideo, Punta del Este y Nueva Palmira.

Requisitos

  • En carácter obligatorio deberá informar y/o adjuntar la documentación siguiente:
    • Certificado de exención de control sanitario a bordo, o el Certificado de control sanitario a bordo.
    • Declaración marítima de salud.
    • Rol de tripulantes y pasajeros.
    • Lista de últimos puertos.
    • Registro Médico o de medicamentos usados  durante la travesía.
  • Otros documentos son solicitados, pero su incorporación no condiciona el envío del trámite. 
    •  Certificado Internacional para la Prevención de la Polución de las Aguas (Marpol 73/78 Anexo IV).
  • Información sobre operativa del buque tal como:
    • Disponibilidad de agua potable, procedimientos y registros para  control de su calidad.
    • Manejo de residuos sólidos y líquidos.
    • Procedimientos y registros para el manejo de control de vectores.
    • Procedimientos y registros de higiene para el manejo de alimentos.
    • Procedmientos y registros de higiene en camarotes.

De acuerdo a esta información, el Organismo definirá el otorgamiento de Libre Plática calegráfica para el ingreso a cualquier Puerto de Uruguay.

Otros datos de interés

El trámite no podrá realizarse de no adjuntar toda la información clasificada como obligatoria. El otorgamiento quedará supeditado al estudio de la documentación presentada.

Vías disponibles para realizar el trámite

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