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Última actualización: 24/07/2024
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Baja de encargado de seguridad DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la desvinculación del encargado de seguridad habilitado ante la DI.GE.F.E. de una empresa.

El tramite deberá de realizarlo en encargado interesado en solicitar las desvinculación.

La empresa a través de Modificación de empresas que operan con la DI.GE.F.E., deberá de presentar un nuevo encargado.

Requisitos

El trámite deberá de realizarlo en encargado interesado en solicitar las desvinculación.

Deberá de encontrarse vinculado como Encargado de Seguridad titular o suplente presentado ante la DI.GE.F.E. en el Trámite de Habilitación o renovación de empresas de seguridad que operan con la DI.GE.F.E. o Modificación de empresas que operan con la DI.GE.F.E.

  • Datos personales del encargado de seguridad.
  • Rut de la empresa para las cual el encargado está habilitado.

 

 

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Costos

No tiene costo

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