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Última actualización: 13/01/2025
CANELONES - Dirección General de Gestión Territorial

Certificado ley N° 17930 art. 358 – Canelones

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es una gestión de alcance Nacional, de carácter obligatorio (previo) a toda enajenación de cuotas indivisas (cuota/s ava/s parte/s) de bienes inmuebles ubicados en las zonas urbanas no consolidadas, suburbanas o rurales, por el que el Gobierno Departamental “Certifica” que no se infringe normas Nacionales o Departamentales que regulan la Sub-División de tierras.

Requisitos

Gestión únicamente por plataforma Web, exclusivo de Escribano público (con registro previo en "Canelones en línea") deben de completar los datos que requiere el formulario respecto a;

  • Datos completos del solicitante.
  • Datos catastrales del inmueble.
  • Datos completos de los compradores y vendedores.
  • Porcentaje de la venta y compra referida.

Otros datos de interés

  • El costo de esta gestión reajusta en forma semestral (1° de Enero y 1° de Julio de cada año).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

     

    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      1. Ingresando en el botón “Iniciar trámite en línea”.
      2. Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
      3. Completar los datos solicitados en el formulario web.
        • Datos del Inmueble.
        • Datos del Padrón.
        • Datos de el/los Comprador/es porcentual/es del inmueble.
        • Información sobre la transacción - porcentaje de compra venta.
      4. Realizar la gestión de pago contado (luego de emitido el código para pago dispondrá de plazo de 10 días para abonarlo).
      5. Asentar el pago en el formulario y enviarlo.

      (Una vez confeccionado el Certificado queda cargado en el mismo Formulario y el Escribano (ingresando en su perfil) lo descarga y lo imprime).

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