Ministerio de Educación y Cultura - Dirección General del Registro de Estado Civil
Certificado de soltería
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es un certificado que se expide a solicitud del interesado a los efectos de contraer matrimonio en el exterior solamente. El solicitante deberá ser ciudadano natural o legal uruguayo (Art. 74 y 75 de la Constitución de la República).
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Requisitos
Este trámite solo se atenderá con agenda previa (Para Montevideo).
- Agendarse en la Oficina correspondiente a la inicial del apellido.
- Si el interesado vive en el país, se presenta con documento de identidad y dos testigos mayores de edad con documento de identidad.
- Si el interesado vive en el exterior, dos testigos con documento de identidad y testimonio de partida de nacimiento.
- Uruguayos con ciudadanía natural o legal, solteros que vivan en el país o en el extranjero.