Convenio de pago de contribución inmobiliaria Decreto 9/21- Canelones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Podrán ampararse a este convenio los sujetos pasivos de contribución inmobiliaria de padrones urbanos, suburbanos y rurales, en calidad de propietarios, copropietarios, promitentes compradores con promesa inscripta, mejores postores en remate judicialmente aprobado, presuntos herederos, cesión de derechos posesorios inscripto, poseedores o titulares de pago.
Existen cuatro posibilidades:
- Se podrá realizar hasta en 60 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagando la primera cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en las multas y recargos una bonificación del 100%. Para este caso, el padrón a regularizar debe tener un aforo menor o igual a $1.000.000 y el solicitante debe tener como máximo 2 padrones a su nombre.
- Se podrá realizar al contado o hasta en 3 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagando la primera cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en las multas y recargos una bonificación del 100%.
- Se podrá realizar hasta en 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagando la primera cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en las multas y recargos una bonificación del 100%. Para este caso, el padrón a regularizar debe tener un aforo menor o igual a $3.000.000.
- Se podrá realizar hasta en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagando la primera cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en las multas y recargos una bonificación del 100%. Para este caso, el padrón a regularizar debe tener un aforo mayor a $3.000.000.
Si se opta por las opciones 1 y 2, las multas y recargos generados y no pagados quedarán suspendidos en su cobro hasta la cancelación del convenio.
Si se opta por las opciones 3 y 4, las multas y recargos generados y no pagados quedarán suspendidos en su cobro hasta la cancelación del convenio, debiendo mantenerse al día con el pago del tributo por 3 años, contados a partir del primer día hábil del año siguiente a la suscripción del convenio.
Particularidades generales:
- Cancelación de los adeudos de Contribución Inmobiliaria urbana, suburbana, rural y tributos conexos, incluída hasta la última cuota vencida del año en curso.
- El incumplimiento del pago de las cuotas a su vencimiento, generará multas y recargos por mora, caducando el convenio si se registrara un atraso mayor a 90 días en el pago de las cuotas pactadas.
- El valor de la cuota no podrá ser inferior a $600.
- En padrones urbanos y suburbanos se podrá acceder al beneficio de buen pagador a partir del 1º de enero del año siguiente a la cancelación del convenio.
Plazo de presentación:
- Desde el 4 de agosto de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Requisitos
Documento de Identidad.
Título de Propiedad.
Certificado Notarial.
- Para el caso de poseedores o titulares de pago, deberán presentar Certificado Notarial que acredite que el contribuyente continúa en la posesión del inmueble y que dicha situación es de conocimiento del Escribano/a (vigencia de 30 días).
- Para el caso de cesión de derechos posesorios, deberán presentar la inscripción de la misma o Certificado Notarial que acredite que el contribuyente continúa en la misma situación, siendo de conocimiento del Escribano/a (vigencia de 30 días).
- En caso de empresas, deberán presentar Certificado Notarial de constitución y representación (vigencia de 30 días).
Carta Poder.
- En el caso de actuar en representación de un tercero.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
Se deberá presentar en el Municipio de cercanía u Oficina Central con la documentación requerida previa agenda al 1828 int. 83.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Canelones
- Oficina central (Tomas Berreta 370, Canelones, Canelones) o Municipio de Cercanía.
- Lunes a viernes de 09:00 a 15:30 horas.
- Para agendarse comuníquese al 1828 int. 83.
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