Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Comercio
Declaración jurada por concepto de canon de desarrolladores de zonas francas privadas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite controlado por la Asesoría Financiero Contable del Área Zonas Francas, a los efectos del cobro del canon a los Desarrolladores de las Zonas Francas Privadas.
Requisitos
Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad elegida para la realización del trámite: presencial o por internet.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Deberá contar con usuario registrado, de no contar con ello, previo a "Iniciar sesión", deberá clickear la opción "Nuevo usuario" y seguir los pasos para el registro.
En persona
- Declaración jurada y anexos.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
En persona
- Deberá presentarse un representante de la Zona Franca correspondiente ante Mesa de Entrada del Área Zonas Francas.
- Una vez ingresado el trámite por Mesa de Entrada, el expediente pasa a estudio de la Asesoría Financiero-Contable.
- A los efectos de efectivizar el cobro del canon, se notifica el informe de la Asesoría Financiero-Contable al Sector Recaudación de la Dirección General de Comercio y a los interesados.
- Vuelve a la Asesoría Financiero-Contable, a los efectos de verificar el pago, conciliar y eventualemente realizar alguna inspección.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección General de Comercio (DGC).
- Mesa de Entrada.
- Dirección: Uruguay 948 esquina Río Branco.
- Teléfono: 2908 7853.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 10:00 a 16:15 horas.
- Dirección General de Comercio (DGC).
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