Sitio oficial de la República Oriental del Uruguay
Última actualización: 24/11/2020
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Comercio

Declaración jurada por concepto de canon de zona franca pública

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite controlado por la Asesoría Financiero Contable a los efectos del cobro del canon de los Usuarios Directos e Indirectos de las Zonas Francas Públicas. 

Requisitos

  • Declaración jurada y anexos. 

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Deberá presentarse un representante del Usuario Directo ante la Mesa de Entrada del Área Zonas Francas.
    2. El expediente pasa a estudio de la Asesoría Financiero Contable.
    3. Se notifica el informe de la Asesoría referida al Sector Recaudación de la Dirección General de Comercio, al Administrador de la Zona Franca y a los interesados.
    4. Vuelve a la Asesoría Financiero Contable para verificar su pago, conciliar y eventualmente realizar alguna inspección.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Dirección General de Comercio (DGC). Mesa de Entrada.
      • Dirección: Uruguay 948 esquina Río Branco.
      • Teléfono: 2908 7853.
      • Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 16:15 horas. 
  • Enlaces relacionados

Los campos indicados con * son obligatorios

Enviar una consulta

A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

CAPTCHA
3 + 2 =
Resuelve este simple problema matemático y presiona enter. Ej: para 1+3 enter 4
Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.