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Última actualización: 27/12/2023
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Declaración y Registro de Equipos de Hemodiálisis

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámites que todos los Prestadores de Salud/IMAE que dispongan de equipos de hemodiálisis deberán realizar anualmente y en forma obligatoria en cumplimiento con la Ordenanza Ministerial Nro. 2794 de fecha 21 de diciembre de 2023 y su ampliación en la Ordenanza Ministerial Nro. 2802 de fecha 22 de diciembre de 2023.

A su vez, cada vez que se produzca una incorporación y/o sustitución de equipos de hemodiálisis se deberá completar nuevamente la declaración obligatoria.

Requisitos

  • La Declaración Obligatoria debe estar firmada por el Director Técnico o Representante Legal del Prestador de Salud/IMAE
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Costos

No tiene costo

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