Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección Nacional de Aduanas
Declaración de valores ante Dirección Nacional de Aduanas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Toda persona (física o jurídica) que transporte dinero en efectivo, metales preciosos u otros instrumentos monetarios a través de la frontera por un monto superior a USD 10.000 deberá declararlo ante la Dirección Nacional de Aduanas.
Requisitos
Declaración Jurada.
- En el caso de equipaje acompañado: Completar la Declaración Jurada de Equipaje Acompañado por escrito ante la Administración de Aduana correspondiente.
- En el caso de equipaje no acompañado: Deberá ser declarado en las guías o documentación de carga correspondiente.
Otros datos de interés
- Duración/entrega: Previo al control aduanero.
- El incumplimiento de esta obligación determinará la imposición de una multa por parte del Poder Ejecutivo, cuyo máximo podrá ascender hasta el monto de la cuantía no declarada, consideradas las circunstancias del caso. Ley N°18.494, Artículo 1°, se considera Incumplimiento: La omisión de declarar o por falta de fidelidad en la declaración.
Asimismo se dará cuenta inmediatamente a la Justicia Penal, a efectos del establecimiento de medidas cautelares, estándose a lo que ésta resuelva. - Declaración jurada de Equipaje Acompañado.
- El formulario de "Declaración Jurada de Equipaje Acompañado", se encontrará disponible en las Administraciones de aduana de ingreso o egreso.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- En las Administraciones de Aduana de ingreso o egreso, previo a su ingreso o egreso al país.
Es responsabilidad del pasajero la declaración de los valores, se deberá completar el formulario correspondiente y entregarlo al funcionario aduanero.
¿Dónde y cuándo se realiza?
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