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Última actualización: 28/06/2025
RIVERA - Intendencia

Exoneración de impuestos de vehículos - Rivera

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Exoneración de impuestos de vehículos destinados a institutos de enseñanza, instituciones religiosas sin fines de lucro y personas amparadas en la Ley 13102.

Requisitos

  • Presentación de Nota o Escrito.

    Solicitud por escrito y con los datos personales del solicitante:

    • Representante de la institución en caso de institutos de enseñanza y religiosos.
    • Y/o representante legal (si lo requiere), bajo Ley 13.102
  • Aportar datos.

    • Documentación que acredite la representación que invoca y la titularidad del vehículo en caso de institutos de enseñanza y religiosos. 
  • Certificado Notarial.

    Bajo Ley 13.102, debe presentar: 

    • Certificado que acredite la condición del titular del vehículo. 

Costos

  • 258 $

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Dirigirse a Mesa de Entrada de la Intendencia Departamental de Rivera.
    2. Presentar la documentación.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Ver listado de direcciones
      • Rivera, Rivera
        • Dirección: Agraciada 570
        • Horario: L a V de 08:15 a 14:45 h
        • Teléfono: +598 4623 1900
  • Enlaces relacionados

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