RIVERA - Intendencia
Exoneración de impuestos de vehículos - Rivera
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Exoneración de impuestos de vehículos destinados a institutos de enseñanza, instituciones religiosas sin fines de lucro y personas amparadas en la Ley 13102.
Requisitos
Presentación de Nota o Escrito.
Solicitud por escrito y con los datos personales del solicitante:
- Representante de la institución en caso de institutos de enseñanza y religiosos.
- Y/o representante legal (si lo requiere), bajo Ley 13.102.
Aportar datos.
- Documentación que acredite la representación que invoca y la titularidad del vehículo en caso de institutos de enseñanza y religiosos.
Certificado Notarial.
Bajo Ley 13.102, debe presentar:
- Certificado que acredite la condición del titular del vehículo.
Costos
- 258 $
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Dirigirse a Mesa de Entrada de la Intendencia Departamental de Rivera.
- Presentar la documentación.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Rivera, Rivera
- Dirección: Agraciada 570
- Horario: L a V de 08:15 a 14:45 h
- Teléfono: +598 4623 1900
- Rivera, Rivera
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