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Última actualización: 28/05/2025
Agencia Nacional de Vivienda

Firma de acta de inicio de obra

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que marca el comienzo oficial de la construcción de la cooperativa, las condiciones en las que se inicia la obra y los compromisos de las partes involucradas.

Requisitos

  • Certificado de Regularidad.

    • Firmado por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.
  • Registro de obra.

    • En el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    • En el Banco de Previsión Social.
    • Los documentos deben estar firmados por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.
  • Certificado Notarial.

    • De medianería (si corresponde).
    • Firmado por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.
  • Informe o estudio técnico.

    • Constancia expedida por ingeniero agrimensor de obra bien ubicada y emplazada.
    • Acta de asamblea donde el IAT informa y se toma conocimiento de las normas de seguridad e higiene en la construcción.
    • Comunicación de la designación del director de obra
    • Los documentos deben estar firmados por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.

Otros datos de interés

Se sugiere que a medida que avanza la obra, se vaya calculando los intereses generados y la posible cuota de amortización resultante. Para eso, están disponibles dos simuladores: de cálculo de intereses y de cálculo de cuota (link)

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. La firma del acta de inicio de obre se debe coordinar con el arquitecto certificador asignado, a quien se deberá entregarle los documentos que figuran en requisitos.
    2. Luego de proceder a la escritura, la cooperativa deberá presentar la nota de cesión de honorarios, acompañada de certificación notarial de firmas, en la Secretaría Programas Habitacionales o en la dependencia correspondiente. Allí se generará un expediente electrónico que será derivado a los Departamentos Créditos a Cooperativas y Presupuesto.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Secretaría Programas Habitacionales
    • Dirección: Cerrito 400, segunda planta
    • Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.

    En el interior:

    • En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención.
  • Enlaces relacionados

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