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Última actualización: 13/01/2025
CANELONES - Dirección General de Gestión Territorial

Fraccionamiento o reparcelamiento de padrones urbanos/suburbanos/rurales - Canelones

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la gestión mediante la cual se analiza y autoriza toda modificación predial urbana, suburbana y rural dentro del Departamento de Canelones, sea fraccionamiento, reparcelamiento, subdivisión de predio, amanzanamiento y loteos, cualquiera sea su uso, de acuerdo a las disposiciones de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial y la Ordenanza de Subdivisión de Tierras.

Requisitos

Cuando la escala de la modificación predial implica amanzanamientos, loteo y/o generación de superficies de uso público requiere previamente gestión de Viabilidad.

(a) Para Padrones Urbanos y suburbanos:

  • Formulario solicitud “A” de información previa con firma técnica y el respectivo timbre profesional “inutilizado” (Formulario 11.1/2016).
  • Plano proyecto de fraccionamiento y/o reparcelamiento con especificación de láminas (ver guía en Formulario 8.2a/2016).
  • Planos antecedentes gráficos del predio.
  • Para predios edificados: Planos de Construcción Habilitado o Relevamiento Integral (esquemático) de las construcciones que carecen de habilitación con Declaración Jurada Optativa de Relevamiento Integral (Formulario 11.4/2016). Complemento fotográfico de las construcciones en referencia a la divisoria proyectada.
  • Justificación del Fraccionamiento (Nota que identifique el Plan, Ley, Artículo o Instrumento legal por el que solicitan se apruebe la Mensura/Fraccionamiento/Reparcelamiento).
  • Contribución inmobiliaria al día o convenio que incluya cuota vigente (requisito de control interno).

(b) Para Padrones en suelo Rural, los recaudos de presentación son:

  • Formulario solicitud “A” de información previa con firma técnica y el respectivo timbre profesional “inutilizado”. (Formulario 11.1/2016).
  • Plano proyecto de fraccionamiento y/o reparcelamiento con especificación de láminas (ver guía en Formulario 8.2a/2016).

Requisitos segunda etapa:

  • Formulario solicitud “B” Permiso de Fraccionamiento (Formulario 11.2/2016_ sin Timbre Profesional).
  • Plano definitivo de Fraccionamiento y/o Reparcelamiento.
  • Certificado de Propiedad o Minuta Notarial para Fraccionamiento (Formulario 1.4/2016).
  • Declaración Jurada de regularización de titular/es con Certificación de Firmas (exigible solo cuando existen construcciones “sin permiso” o con permiso “no habilitadas” (Formulario 11.3/2016).

Otros datos de interés

El costo de ésta gestión reajusta en forma semestral (1° de Enero y 1° de Julio de cada año).

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    Costos

    • 2281 $

    Al momento de iniciar la gestión el costo es el equivalente a "Formula A _ $u 2281".

    Una vez Aprobada la Formula A se deberá de presentar "Formula B" con el siguiente costo _ $u 4438 mas Derecho examen de Planos establecido en Art. 42 de Ordenanza Sub-División de Tierras Circ. 21/84 Resolución 158/84 (fórmula aplicada _  A+B (1+0.33n) VR/100).

    Vías disponibles para realizar el trámite

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