Ministerio de Transporte y Obras Públicas - Dirección Nacional de Transporte
Gestión de certificado de necesidad para vehiculos de transporte de pasajeros
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es una solicitud para la expedición de un CERTIFICADO DE NECESIDAD que permite la importación de OMNIBUS, MICRO-ÓMNIBUS y MINI-ÓMNIBUS, directamente presentada por los empresarios nacionales interesados, registrados en la Dirección Nacional de Transporte.
Requisitos
Empresa solicitante registrada en la Dirección Nacional de Transporte, sin adeudos y al día con BPS y DGI.
Documentación a presentar:
- Factura proforma presentada y firmada exclusivamente por el representante legal de la marca en el país con el siguiente detalle:
- Número de plano homologado por la Dirección Nacional de Transporte.
- Marca y modelo de Carrocería.
- Marca y Modelo de Chasis.
- Cantidad de asientos.
- Aire acondicionado S/N.
- Baño S/N.
- Nota de la empresa solicitante en la cual exponga:
- Datos de la empresa (Número de registro ante la Dirección Nacional de Transporte, domicilio, teléfono, correo electrónico).
- Cantidad de unidades a importar.
- Marca y modelo del mismo/s.
- Destino de la unidad.
- Motivo de la importación: ampliación o sustitución y en este último caso detalle de matrícula y Número de registro.
- Forma de pago: fondos propio o leasing y en este último caso nombre del Banco.
- En caso de ser la importación para actividad turística:
- Si el tipo de vehículo es un ÓMNIBUS o MICRO-ÓMNIBUS la empresa deberá presentar en forma paralela la solicitud correspondiente en el MINISTERIO DE TURISMO. La emisión del Certificado de Necesidad quedará sujeta al Aval del Ministerio de Turismo y del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Si el tipo de vehículo es un MINI-ÓMNIBUS solamente necesitará el Certificado del Ministerio de Turismo de Registración con la validez correspondiente.
- En el caso que la importación sea de destino DEPARTAMENTAL deberá además presentar aval favorable de la Intendencia correspondiente.
Otros datos de interés
- Duración/entrega: Dependiendo del cumplimiento del total de los requisitos el certificado de necesidad se expedirá en un plazo de entre 5 y 10 días hábiles.
- Vigencia: El documento tiene una validez de 6 meses a partir de la fecha de expedición.
- Normativa Vigente: Decretos 1010/75, 682/87, 152/85 Artículo 15 Categoría B2 y para mini-ómnibus Decreto 120/013.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSolo Agenda:
- Agendarse para Montevideo ingresando al botón "Iniciar trámite en línea".
En persona
- Agendarse previamente "en línea".
- Se presenta la solicitud de Certificado de Necesidad en la oficina correspondiente.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Mesa de Entrada Unificada
- Dirección: Rincón 575, Planta Baja.
- Teléfono de contacto: 2916 3147 – 2916 7522 .
- Email: dnt.pasajeros@mtop.gub.uy.