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Última actualización: 15/01/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos

Habilitación de establecimientos para exportación

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la autorización otorgada a un establecimiento de faena y/o procesamiento de carnes o productos cárnicos ya habilitado por la División Industria Animal (DIA), Ministerio Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), para que produzca con destino a la exportación.

Requisitos

  • Nota dirigida al Director de la División Industria Animal (DIA).

Otros datos de interés

El solicitante debe cumplir con las exigencias que figuran en los Decretos números 369/983 y 199/013.

Costos

  • 165.00 $

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Se presenta nota dirigida al Director de la División Industria Animal (DIA), presentada en Mesa de Entrada de Servicios Ganaderos.

     

  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Montevideo:

    • Dirección: Oficina Central, Constituyente 1476.
    • Teléfono: (0598) 24104155 - 58 - Horario de atención: 9:00 a 16:30 horass.
    • Horario de caja para trámites de 9:30 a 15:00 horass.
  • Enlaces relacionados

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