Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos
Habilitación de establecimientos para exportación
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la autorización otorgada a un establecimiento de faena y/o procesamiento de carnes o productos cárnicos ya habilitado por la División Industria Animal (DIA), Ministerio Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), para que produzca con destino a la exportación.
Requisitos
- Nota dirigida al Director de la División Industria Animal (DIA).
Otros datos de interés
- El solicitante debe cumplir con las exigencias que figuran en los Decretos números 369/983 y 199/013.
Costos
- 165.00 $
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Se presenta nota dirigida al Director de la División Industria Animal (DIA), presentada en Mesa de Entrada de Servicios Ganaderos.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Montevideo:
- Dirección: Oficina Central, Constituyente 1476.
- Teléfono: (0598) 24104155 - 58.
- Horario de atención: 9:00 a 16:30 horas.
- Horario de caja para trámites de 9:30 a 15:00 horas.
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