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Última actualización: 23/01/2024
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Importación / exportación de Precursores y Productos Químicos.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite que se realiza para obtener la autorización de importación o exportación de Precursores y Productos Químicos sujetos a control según normativa vigente.  

 

Requisitos

  • La empresa y Director Técnico deberán estar registradas como usuarias de la División Sustancias Controladas conforme a la Ord. Ministerial 1320/022.
  • En caso de licencia del responsable técnico, deberá realizar la notificación de la misma ante la División a través del tramite "Registro de Dirección Técnica".
  • La empresa deberá tener actualizados los cupos anuales solicitados ante la División Sustancias Controladas.
  • La empresa deberá tener actualizada la entrega de Balances trimestrales de Precursores y Productos Químicos conforme a la Ord. 246/020.
  • El certificado emitido por VUCE es válido únicamente a nivel de ADUANA. 
  • En caso de necesitar una Autorización para legalizar o apostillar, para su presentación en el exterior, deberá solicitar la impresión de la misma. 
  • En el caso de exportaciones, se deberá presentar documento de autorización de importación o Certificado de No Objeción, expedido por las autoridades sanitarias del país importador. El mismo deberá estar legalizado o apostillado para los países signatarios de la Haya.

Otros datos de interés

Vigencia:

  • Autorización de Importación: 120 días.
  • Autorización de Exportación:  90 días.
Iniciar trámite en línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar a través del botón "Iniciar tramite en linea".
    2. Acceder con usuario VUCE. 
    3. Deberá completar el formulario de solicitud con la siguiente información:
      • Declarar el número de ID del último balance trimestral de precursores y productos químicos presentados antes la División.
      • Declarar nombre y profesión del responsable técnico de la empresa.
      • Declarar Nº de Registro ante la División Sustancias Controladas. 
      • Declarar origen (país y fabricante), país de procedencia, nombre y dirección de la firma exportadora.
      • Copia de factura proforma o definitiva (no son válidos: orden de compra, remitos, etc.).
      • Declaración jurada de movimientos globales dentro de la empresa de la sustancias controlada. La declaración jurada debe estar firmada por el responsable técnico al que se hizo referencia en el numeral 2 del presente instructivo y debe contener los siguientes items:
        • existencia al primero de Enero del año anterior.
        • adquisiciones durante el año anterior.
        • ventas o consumos durante el año anterior.
        • existencias al 31 de Diciembre del año anterior.
        • adquisiciones a la fecha de solicitar la autorización.
        • ventas o consumos a la fecha de solicitar la autorización.
        • existencias a la fecha de solicitar la autorización.
      • IMPORTANTE: En caso de mezclas se realizará la declaración jurada de movimientos del precursor o producto químicos sujeto a control.
      • En caso de mezclas que contengan 2 o más sustancias sujetas a control, se realizará una declaración jurada de movimientos por cada una de estas. 
      • Copia (anverso y reverso) del registro de la empresa en Ministerio de Industria y Energía.
      • En caso de preparados o mezclas que contengan sustancias controladas se debe presentar la fórmula cuali-cuantitativa o la ficha técnica que la contenga.
      • Informar el destino o uso que se le dará a las sustancias o preparados importados.
      • Nombre de la Empresa de Transporte que efectuará el mismo.
    4. En caso de errores/ discrepancias/ documentación incompleta, la documentación presentada será devuelta en su totalidad con el respectivo informe de observaciones.
    5. Sin excepciones: la División Sustancias Controladas cuenta con 5 días hábiles para la emisión de cada autorización una vez ingresada correctamente la información. 
    6. Posterior a la aprobación de la solicitud de importación/exportación, el/la  Director/a Técnico/a de la empresa deberá confirmar la fecha y cantidad que arriba o egresa. Para esto deberá completar los datos dentro del trámite DOSO el cual está vinculado a la OCE de la solicitud de importación/exportación.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. En caso de haber solicitado la impresión de la Autorización a efecto de legalizar o apostillar la misma, deberá retirarla en las oficinas de atención al público de la División una vez aprobado el tramite en VUCE. 
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    División Sustancias Controladas:

    • Dirección: Ministerio de Salud Pública, Av. 18 de Julio 1892, oficina 08.Montevideo 
    • Horario de atención: lunes a viernes de 09:15 a 14:00.
    • Teléfono: 1934 int. 5057.
    • Correo electrónico: sicofarmacos@msp.gub.uy
  • Enlaces relacionados

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