Ministerio de Economía y Finanzas - Contaduría General de la Nación
Incorporación de nuevos inquilinos
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la gestión que se realiza para incorporar nuevos inquilinos a un contrato ya existente.
Requisitos
Si se realiza en contratos ya existentes:
- Se deberá contar con el consentimiento de la parte arrendadora.
- El formulario deberá ser completado por él o los nuevos inquilinos y el propietario o inmobiliaria, marcando la gestión que se desea hacer en el formulario, indicando el número de carpeta (extremo superior derecho del contrato).
- El día de la firma deben concurrir la parte arrendadora, inquilino/s ya existentes y el/los que se incorporan.
Requisitos Inquilinos:
- Informe de Líquido Disponible (ILD) (vigencia 60 días corridos) o Certificado de MVOT (vigencia 120 días corridos) de el/los inquilinos ya existentes y el/los que se incorporan.
- Fotocopias de Cédula de identidad del inquilino y del cónyuge (en el caso que sea casado).
- Si es viudo/a: fotocopia de Cédula de identidad o Partida de Defunción en la cual figure el número de documento o constancia de la DNIC (si ya figura en la carpeta no es necesario).
- Si es divorciado/a fotocopia de Sentencia de Divorcio, Oficio ó fotocopia de Partida de Matrimonio con anotación marginal.
Requisitos Propietario:
- Formulario solicitud de arrendamiento.
- Contribución inmobiliaria al día.
- Comprobante de la Cuenta Bancaria en moneda nacional.
Requisitos Inmobiliaria:
- Formulario solicitud de arrendamiento.
- Contribución inmobiliaria al día.
- Comprobante de la Cuenta Bancaria en moneda nacional.
Requisitos Importantes:
- En caso de que el inquilino que se incorpora, este haciendo uso de nuestra garantía, recuerde que debe realizar el trámite de "Rescisión" por dicha vivienda.
- Si se encuentra alquilando con otra garantía, deberá presentar una nota donde se informe que no tendrán inconveniente en rescindirle el contrato, y que no posee deuda a la fecha. Para el día de la firma deberá presentar la rescisión definitiva.
- Toda la documentación presentada debe estar en tamaño A4 (no puede recortarse).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Para poder agendarse deberá tener el ILD ya gestionado.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSolo para agenda:
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder a la Agenda Web
- Elegir el trámite que desea realizar.
- Seguir los pasos detallados.
En persona
- Solicitar agenda mediante el trámite en línea.
- Presentarse el día y horario acordados, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Garantía de Alquileres (SGA), Montevideo.
- Dirección: Misiones 1423 esquina Rincón.
- Atención Telefónica de Alquileres: 0800 8765.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:30 a 15:45 horas.
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