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Última actualización: 10/10/2025
Agencia Nacional de Vivienda

Ingreso de declaratorias de cooperativas con anteproyecto aprobado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que deben realizar las cooperativas con anteproyecto aprobado que no resultaron favorecidas en el sorteo, y que tampoco hayan sido adjudicadas por haber participado en tres sorteos consecutivos sin haber sido seleccionadas, a fin de poder participar nuevamente en el siguiente sorteo.

Requisitos

  • Certificado de Regularidad.

    • De la cooperativa.
    • Del IAT.
       
  • Documentación general:

    • Declaratoria con o sin modificaciones, escaneado, con firmas originales y timbre profesional
    • En caso de declarar modificaciones, deberán cargarse los documentos correspondientes a estas modificaciones
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. El representante del IAT deberá acceder a la plataforma web de la ANV con su usuario y contraseña, según lo indicado en el instructivo Nº 178, y asignar o actualizar los técnicos que participarán en la cooperativa, conforme al instructivo Nº 195.
    2. Los técnicos deberán cargar la documentación requerida siguiendo las especificaciones del instructivo Nº 178 y la Guía general para la carga remota de anteproyectos y declaratorias.
    3. El presidente o secretario de la cooperativa será responsable de validar la información cargada, de acuerdo con lo establecido en el instructivo Nº 178.
    4. Dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de ingreso, la ANV verificará los recaudos cargados. Posteriormente, notificará por correo electrónico a los técnicos del IAT y a las autoridades de la cooperativa la confirmación del ingreso o, en su defecto, los motivos de rechazo.
    5. Una vez aceptado el ingreso, se llevará a cabo el estudio de la declaratoria. Durante este proceso, los técnicos de las diferentes áreas de la ANV podrán realizar las observaciones pertinentes.
    6. Finalizado este estudio la ANV emitirá un certificado con las conclusiones, que será notificado por correo electrónico a la cooperativa y el IAT. 
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