Ministerio de Educación y Cultura - Dirección Nacional del Registro de Estado Civil
Ingreso de oficios judiciales
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Este trámite es la comunicación que realizan los juzgados a los efectos de modificar o redactar Actas.
Este trámite ya no cuenta con agenda previa, deberá presentarse en la Oficina de Reguladora de Trámite
Requisitos
Presentación de oficio.
- Contar con el Oficio original expedido por el Juzgado correspondiente.
- Cada usuario podrá presentar hasta 3 (tres) oficios por cita.
Otros datos de interés
Si necesita ayuda dirigirse a Atención al Usuario:
- Teléfono: (5982) 1825
- Horario de atención de 09:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Dirigirse con la documentación a la Oficina Reguladora de trámite en el horario de 10:15 a 15:00 horas.
- Calle Uruguay 933, Montevideo
¿Dónde y cuándo se realiza?
Enlaces de descarga