Inscripción de sucesión indivisa con actividad comercial o industrial
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual, la sucesión indivisa se inscribe ante la Administración Tributaria a los efectos de solicitar un número de registro que le permita continuar la actividad comercial o industrial hasta el momento en que se dicte el auto declaratorio de herederos, y de esta manera la sucesión deje de estar indivisa y se den a conocer los nuevos titulares de la empresa.
Requisitos
- Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad elegida para la realización del trámite: presencial o por internet.
Otros datos de interés
Constancia del trámite:
- Copia sellada de los formularios de inscripción 0351 y 0352
- Formulario “Confirmación de datos” 6361
- Formulario 6351 (Tarjeta de RUT)
Plazo:
- 30 días a partir del fallecimiento del titular.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contrato para uso de servicios en linea CON BPS.
- Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea.
- En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS
Inscripción de Empresa (Solicitud Web).
- Exclusivo para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo.
- El formulario será proporcionado por BPS vía mail una vez que el usuario envió la solicitud.
- Formulario 0380 (en 3 vías) con un timbre profesional.
En persona
Previa agenda web:
- En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web BPS.
- Local DGI.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
Formularios:
- Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
- Formulario 0352 “Anexo de inscripción y actualización de Personas Físicas vinculadas”, en 3 vías, con los datos de las personas físicas vinculadas.
- Formulario 205 “Declaración de Sueldos Fictos” (B.P.S.) en 2 vías (en el caso de dependencias que tengan ventanilla única DGI-BPS)
- Ver Formularios (Formularios BPS)
- 2 Fotocopias de los documentos de identidad de todos los presuntos herederos.
- De poseer un vehículo, ver instructivo de inscripción de vehículos (B.P.S.), si no declara actividad agropecuaria.
- Certificación notarial (original y 3 fotocopias simples) de:
- Firma de todos los presuntos herederos
- Fecha del fallecimiento del causante
- Datos de todos los presuntos herederos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
- Fecha de nacimiento
- Estado civil
- Capacidad legal
- Nacionalidad
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
Aclaración:
- En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
- Si declara actividad agropecuaria; Ver Instructivo de Requisitos de Inscripción para empresas con actividad agropecuaria.
- En caso de que el causante tuviera numero de RUT, se debe realizar la clausura del mismo en formulario 0355 “Cancelación –Empresas y Otras Entidades unipersonales y pluripersonales" a la fecha de fallecimiento firmado por todos los presuntos herederos junto con la documentación requerida para Clausura (Ver instructivo de Clausura de Unipersonal por fallecimiento)
- El certificado notarial puede ser el mismo para la inscripción de la sucesión y la clausura del causante, adjuntando 2 fotocopias del mismo y de las cédulas de los presuntos herederos.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando al botón: "Iniciar Trámite en Línea".
- Completar los datos requeridos en el formulario web.
- El formulario será proporcionado por BPS vía mail una vez que el usuario envió la solicitud.
En persona
- Con previa agenda web y presentando la documentación requerida.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Previa Agenda Web. En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
En Interior:
- En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
- o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
- Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
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