Ministerio de Educación y Cultura - Dirección General de Registros
Legalización de firmas de registradores en documentos y certificados
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se trata de la legalización (validación) de la firma de los técnicos registradores de la Dirección General de Registros, estampada en aquellos documentos o certificados a ser presentados ante consulados u otras oficinas, con vistas a su utilización y validez fuera del territorio nacional.
Requisitos
Certificado de Registro.
- El documento o certificado original que se emite por los distintos registros: de la propiedad, actos personales, de personas jurídicas o demás oficinas de la Dirección General de Registros y que debe ser presentado para su legalización y posterior presentación en el exterior del país.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Se presenta el documento o certificado obtenido en cualquiera de las dependencias o registros del país, donde el usuario recibirá un boleto con código de barras.
- Se abona a través de Abitab, Redpagos, Asociación de Escribanos o agencieros habilitados, el costo de la tasa registral.
- Se retira presentando dicho boleto como constancia de pago en la misma oficina 24 horas después de efectuado el mismo.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En Montevideo:
- Asesoría Técnica.
- Dirección: Avenida 18 de Julio 1730, piso 6.
- Horario de atención: de 09:15 a 15:00 horas.
- En Montevideo:
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