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Última actualización: 17/01/2024
FLORIDA - Intendencia

Libreta de conducir – Automotores renovación - Florida

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite por el cual se solicita la renovación de la licencia que habilita a conducir automotores.

  • CATEGORIA A
    • Habilita a conducir vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máxi­mo total de hasta 4000 kg.
    • Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
  • CATEGORIA B
    • Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones cuyo peso total (tara más carga máxima autorizada) no exceda de 7.000 kg pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
    • Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
    • El examen práctico deberá rendirse con vehículos que excedan los límites de la categoría A.
  • CATEGORIA C
    • Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones sim­ples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
    • Edad mínima 19 años. Se requiere 1 año de antigüedad en otra (ex­cepto licencia categoría G). El examen práctico será tomado con camiones que excedan los límites de la categoría B.
  • CATEGORIA D
    • Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones sin límite de carga.
    • Edad mínima 21 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra li­cencia (excepto licencia categoría G).
    • El examen práctico será tomado con camiones con acoplado o tracto­res con semiremolque.
  • CATEGORIA E
    • Habilita a conducir taxímetros, vehículos de hasta 9 pasajeros (in­cluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4000 kg. Edad mínima 21 años. Se re­quiere 2 años de antigüedad en otra licencia (exceptuando licencia categoría G).
  • CATEGORIA F
    • Habilita a conducir micros, ómnibus y camionetas simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
    • Edad mínima 23 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra li­cencia (exceptuando licencia categoría G).
  • CATEGORIA H
    • Habilita a conducir maquinaria vial, agrícola y afines.
    • Edad mínima 18 años. No genera antigüedad para otras licencias.
    • Examen médico: Categoría 2.
    • Examen teórico: Categoría 1.
    • Examen práctico: de acuerdo a la maquinaria.
    • También se podrá conducir maquinaria con licencias de otras categorías B,­ C, D y F.
    • Para conducir vehículos oficiales el conductor deberá poseer una licencia habilitante para la categoría del vehículo que conduzca y una habilitación expedida por el Organismo Estatal en el que pres­te funciones.

Seleccione el tipo de categoría de su interés.

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