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Última actualización: 04/03/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos

Mantenimiento anual de comercios expendedores de productos veterinarios

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el mantenimiento anual de renovación de habilitación de Comercios Expendedores de Productos Veterinarios. Esta renovación es anual.

Requisitos

  • Contar con Usuario gub.uy o Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).

  • Ser una empresa registrada en el Departamento de Control de Productos Veterinarios del DILAVE.

Otros datos de interés

Relativo al pago:

  • Normativa dispuesta en el Decreto 521/996.
  • Dicho pago se podrá realizar hasta en 8 cuotas iguales y consecutivas, mediante un convenio de pago. Para realizar el mismo debe estar al día en el pago del mantenimiento del ejercicio anterior. El no pago del mantenimiento en fecha implica el cobro de los recargos correspondientes y no poder realizar el convenio de pago en cuotas. Solo se autoriza el pago en cuotas hasta el 30/04 de cada año. Vencido dicho plazo no podrá realizar el pago en cuotas. Debiendo abonar la tasa al contado.
  • Convenios de pago: las cuotas después del 01/06 tienen recargo.
  • El pago contado es sin multas y recargos si se paga antes del 01/06.
  • Si hay un atraso de 2 o más cuotas sin pagar caduca el convenio y deberá abonar todo con multas y recargos.
  • Si en un año no paga caduca el registro y debe registrar nuevamente si cancela lo adeudado.
  • El no cumplimiento del pago de esta tasa dará lugar a la baja del registro.
  • El pago se realiza mediante depósito en la cuenta de DILAVE del BROU N°001558187-00088.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contar con Usuario gub.uy o Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).

    En persona

    • Formulario de Director Técnico (ver documentos adjuntos).
    • Comprobante de pago realizado.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar en línea".
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Completar con los datos que allí se solicitan.
    4. Pagar el trámite y finalizar.
    5. Una vez culminado el trámite se le entregará o se le enviará por correo un Sticker de habilitación que debe ser colocado en un lugar visible.

    Correo electrónico:

    1. Escanea el formulario de Director técnico.

    2. Adjunta el comprobante de pago o, en caso de pago en cuotas, solicita por cuantas cuotas, la fecha de pago y un correo donde enviarle el convenio.

    3. Envía la documentación solicitada, completa y escaneada a: conprovet@mgap.gub.uy
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Se presenta en mesa de entrada del Departamento de Control de Productos Veterinarios de la DILAVE presentando formulario de renovación anual de firma del responsable técnico.
    2. Se debe realizar el pago en Tesorería de DILAVE.
    3. En caso de pago en cuotas debe presentar una carta solicitándolo que sería enviada a la Tesoserìa donde le informarán el monto de las cuotas.

     

    1. ¿Dónde y cuándo se realiza?

      Montevideo:

      • División de Laboratorios Veterinarios “DILAVE Miguel C. Rubino”
        • Dirección: Ruta 8, Km 17, 000.
        • Teléfono: 2220 4000.
        • Horario de atención: de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 Hrs.
    2. Enlaces relacionados

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