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Última actualización: 19/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Modificación de fecha de balance.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el procedimiento mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación  en la Fecha de Balance.

Requisitos

Los requisitos varían de acuerdo a la forma en que se desee realizar el trámite.

    Otros datos de interés

    Constancia del trámite:

    • Copia sellada del formulario 0351.
    • Formulario “Confirmación de datos” 6361.
    • Formulario 6351 (Tarjeta de RUT).

    Plazo:

    • Los cambios de fecha de balance deben presentarse con la fecha de vigencia del día en que se presentan a realizar el cambio de acuerdo a la Resolución 366/91, excepto las altas de balance cuando están vinculadas a actividades agropecuarias o cuando alguna norma exige una fecha de balance especial.
    Iniciar trámite en línea

    Costos

    • Timbre profesional.

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      •  Para acceder a este servicio se requiere para entidades unipersonales y pluripersonales, suscribir en DGI un contrato de adhesión obteniendo la clave que lo habilita.

      Nota: Este servicio permite realizar la modificación de los datos habilitados totalmente en línea, no requiriendo la presentación del contribuyente en nuestras oficinas.

      • En línea desde la Web de DGI a través del Gestor de trámites

         

      En persona

      Formulario:

      • Único DGI-BPS 0351 “Inscripción y actualización de empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales” en 2 vías, con la nueva fecha de balance y timbre profesional.

      Ver Formularios

      • Formulario 6351 (Tarjeta de RUT)
      • Fotocopia cédula de identidad del firmante.
      • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      En linea:

      1. Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
      2. Habilitándose el ingreso del número de RUT y la Clave de identificación.
      3. Se desplegará una pantalla con el menú de las distintas opciones disponibles.
      4. Para realizar modificaciones Web, ver Instructivo.

      Gestor de trámites:

      1. Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
      2. Trámites / Solicitud de inicio
      3. Seleccionar: Trámite RUT Exclusivo DGI.
      Iniciar en Línea

      En persona

      1. Concurriendo con la documentación solicitada a la dependencia que le corresponda.
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      En Montevideo:

      • Local DGI.
        • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.

      En el Interior:

    • Enlaces relacionados

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