Modificación de fecha de balance
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación en la Fecha de Balance de un contribuyente.
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
Archivo asociado
Documento de Identidad.
- En caso de que el trámite sea realizado por su titular o representante, deberá exhibir su documento de identidad original vigente (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic).
- En caso de que concurra un tercero, deberá presentar copia del documento de identidad del titular o representante, y deberá exhibir su documento de identidad ,excepción al Decreto N° 353/23 . En proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Debe presentarse con la fecha de vigencia del día en que se realiza el cambio, de acuerdo a la Resolución N° 366/91.
- Excepción: cuando las altas de balance:
- están vinculadas a actividades agropecuarias o
- alguna norma exige una fecha de balance especial.
Si la fecha difiere a la del día, el plazo es hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE
- Formulario “Confirmación de datos” 6361 - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de Enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contrato de adhesión - DGI.
- Debe disponer de clave con contrato de adhesión.
- De no disponer de clave con contrato, podrá acceder a través de su ID Digital, abonando el timbre profesional en línea.
- Si el trámite se realiza fuera de plazo: debe abonar la multa previamente, ya que debe indicar el número de boleto de pago al iniciar el trámite.
En persona
Agenda previa.
En Montevideo
- Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
- Sector: Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Exclusivo DGI
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
- Seccionar Servicios en línea / Trámites – Solicitud de inicio
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica
- Seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI
- Adjuntar la documentación correspondiente.
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
- Registro Único Tributario
- Modificaciones
- Completar los datos requeridos para el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos 1 debe ser original. Impresos en doble faz.
- Los formularios deben incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
La documentación adicional debe presentarse en original y copia.
En Interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
- Departamento RUT
- Sector RUT Exclusivo
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
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