Modificación de inventario
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Se realiza cuando el inquilino o el propietario quieren modificar algún ítem del inventario inicial.
Puede solicitarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma del contrato, tanto por el inquilino como el propietario.
Posterior a los 5 días hábiles también se puede solicitar una modificación, pero deberá estar firmada por ambas partes.
Cuando el contrato de arrendamiento es firmado con inventario por acuerdo de partes, la modificación de inventario siempre deberá ser presentada con la firma de ambas partes.
Requisitos
Es necesario contar con la siguiente información:
- Número de contrato y/o carpeta
- Dirección de la finca
- Nombre Apellido
- Tipo de Usuario
- Tipo de documento
- Número de documento
- Teléfono
- Dirección de mail
Para realizar este trámite es necesario detallar:
- LUGAR (habitación, jardin, etc.)
- ELEMENTO (puerta, ventana, etc.)
- MOTIVO DEL RECLAMO.
Otros datos de interés
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetEn persona- Formulario de Solicitud de Modificación de inventario.
- Presentar documento de identidad.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en Línea".
- Completar el formulario.
- Presionar "Enviar".
En persona- Presentar el formulario correspondiente completo y firmado en Mesa de Entrada
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección: Misiones 1423 esq. Rincón
- Horario de 09:30 a 15:45 horas.
- Atención Telefónica: 0800 8765.
Enlaces relacionados