Obtención de constancia de clausura de actividades
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es la obtención de una constancia que acredita que una empresa no mantiene expedientes en trámite o multas impagas por infracción a las normas laborales frente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta constancia es previa y necesaria para proceder a la clausura de actividades ante el Banco de Previsión Social (Decreto N° 278/017, Artículo 32).
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con los datos de la empresa (RUT, Razón Social, número de BPS, rubro de aportación) y la fecha de clausura de actividades.
Otros datos de interés
- Hay un plazo de 60 días desde el cese de actividades de la empresa ante el MTSS y el envío de la solicitud de clausura, pasado el plazo de 60 días corresponde una multa de 1,5 UR de acuerdo a la Ley N° 17930, Artículo 323, la que debe ser abonada en Oficinas del MTSS o a través de Pago en Línea.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
- Se completa el formulario de solicitud, según el INSTRUCTIVO PARA INICIO DE TRÁMITE EN LÍNEA .
- Se envía a través del botón Finalizar.
- Si la empresa no presenta pendientes ante el MTSS, la constancia de Clausura se recibe vía WEB. En el caso de existir pendientes, el MTSS le indicará como proceder para obtener el certificado.
- Si la solicitud excede el plazo reglamentario desde el cese de actividades de la empresa, se recibe la constancia previo pago de la multa establecida en Oficinas del MTSS o a través del Pago en Línea.
Todas las comunicaciones del MTSS se reciben al correo electrónico con el que se registró en Usuario gub.uy.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Juncal 1511
- Horario: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hs.
- Teléfono: (+598) 1928
- Montevideo, Montevideo
Otras direcciones
- En Montevideo:
- Centro de Atención Ciudadana
- Dirección: Juncal 1511.
- Consultas a nuevaplanilla@mtss.gub.uy
- En el Interior:
- Oficinas de Trabajo de cada localidad.
- Informes: 08007171 - Call Center.
Enlaces relacionados
Enlaces de descarga