Banco Central del Uruguay - Secretaría General
Peticiones y evacuaciones de vistas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es la presentación de una solicitud para que se dicte o ejecute un determinado acto administrativo, así como la evacuación de una vista conferida.
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Requisitos
- Realizar una nota en la que se describen los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya, expuestos con claridad y precisión.
- Podrá adjuntarse documentación y solicitarse el diligenciamento de prueba.