Presentación de balance trimestral de medicamentos controlados
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la presentación ante la División de Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública del balance trimestral de medicamentos controlados.
La presentación del balance trimestral de medicamentos controlados, será iniciada por las farmacias quienes, luego de autenticarse, ingresaran los datos de la empresa junto con los responsables y los datos de contacto para las comunicaciones.
El archivo que se adjuntará deberá mantener un formato específico. El formulario contendrá dicha plantilla que estará accesible al usuario para que pueda descargarse y editarse para su posterior carga.
IMPORTANTE:
- Para poder realizar este trámite es necesario contar con firma electrónica avanzada.
Requisitos
- Contar con la documentación solicitada (Anexo I) en los formatos permitidos.
- La empresa y Director/a Técnico/a deberán estar registradas como usuarias ante la División Sustancias Controladas conforme Ord. Ministerial 1320/022.
- La planilla “BALANCE TRIMESTRAL”, contiene el listado de especialidades farmacéuticas ordenadas por su nombre comercial, su forma farmacéutica y sus presentaciones registradas en M.S.P. Es de destacar que se agrega, en algunas especialidades, la presentación unitaria, la que podrá ser utilizada únicamente por las farmacias de 2ª categoría (dosis unitaria).
- El formato establecido deberá mantenerse, no deberán agregar y/o modificar nombres de especialidades, formas farmacéuticas, presentaciones. Asimismo, tampoco deberán modificar el orden del listado de las especialidades farmacéuticas controladas. No debe modificarse ninguna casilla coloreada ya que contienen fórmulas que de modificarse alteran el funcionamiento de la planilla.
- La planilla actualizada balance anual office 2010 (Anexo I) únicamente funcionará con Office 2010, siendo necesario mantener el formato de la planilla para el buen funcionamiento de la misma. Debe guardarse en formato de libro de Excel habilitado para macros.
- Los archivos de Excel deben enviarse tal como se producen de la declaración, sin modificar su formato ni nombre.
- Aquellas especialidades que no se encuentren en el listado podrán ser agregadas al final de la planilla bajo el título “Fuera de Listado” y así completar el balance de las mismas.
Otros datos de interés
- En la farmacia debe permanecer impreso y firmado el balance mensual de medicamentos controlados a disposición de los inspectores así como toda la documentación que avale la información declarada en la comunicación trimestral realizada.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar el formulario que se presenta en pantalla con los datos necesarios para el inicio del trámite:
- Datos del balance.
- Datos de la empresa.
- Datos de los Representantes.
- Datos del Técnico responsable.
- Cláusula de consentimiento informado.
- IMPORTANTE: Debe adjuntar la planilla con el balance trimestral de medicamentos controlados con los datos del trimestre correspondiente.
- Realizar la Firma electrónica del tramite.
- Una vez enviada la información será notificado a su correo electrónico del estado del tramite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Consultas:
- Mesa de ayuda del MSP:
- Correo electrónico: mesadeayuda@msp.gub.uy
- Teléfono: 1934 interno 3233.
- División de Sustancias Controladas:
- Dirección: Avenida 18 de Julio 1892, planta baja, oficina 08, Montevideo
- Correo electrónico: sicofarmacos@msp.gub.uy.
- Mesa de ayuda del MSP:
Enlaces relacionados
- Decreto Ley N° 14294
- Decreto 454/976
- Ord. Ministerial 1320/022.
- Manual de usuario -Presentación de balance trimestral de medicamentos controlados.
- Manual de firma electrónica
- Balance Anual de medicamentos controlados.
- Primer trimestre declarado LIBRE OFFICE
- Segundo trimestre declarado LIBRE OFFICE
- Tercer trimestre declarado LIBRE OFFICE
- Cuarto trimestre declarado LIBRE OFFICE