Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud
División Sustancias Controladas: Quejas, Reclamos, Sugerencias y Reconocimientos
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es la vía por la que se puede realizar quejas, sugerencias y reconocimientos por parte de los ciudadanos a la División Sustancias Controladas.
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Requisitos
- Para dar respuesta a su declaración deberá registrar alguno de los siguientes datos: teléfono (celular o fijo) y/o correo electrónico.